101. Acceso compartido al patrimonio en manos eclesiásticas en horario compatible con los cultos religiosos, articulando convenios de colaboración

Justificación: El patrimonio de la Iglesia debería ser de utilización común. En este sentido, siempre bajo la premisa del debido respeto a sus elementos y las connotaciones religiosas correspondientes, sería susceptible de usarse para algunos eventos culturales específicos compatibles con el entorno y el fin último de los lugares destinados al culto.

Descripción: Permitir el uso de actividades culturales en espacios monumentales eclesiásticos.

Objetivo: Mejorar la convivencia y la tolerancia cultural.

Agentes implicados: Obispado de Jaén. Consejería de Cultura. Diputación Provincial. Ayuntamientos de las localidades respectivas.

Prioridad: Alta.

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