101. Acceso compartido al patrimonio en manos eclesiásticas en horario compatible con los cultos religiosos, articulando convenios de colaboración |
||
Justificación:
El patrimonio de la Iglesia debería ser de utilización
común. En este sentido, siempre bajo la premisa del debido respeto
a sus elementos y las connotaciones religiosas correspondientes, sería
susceptible de usarse para algunos eventos culturales específicos
compatibles con el entorno y el fin último de los lugares destinados
al culto.
Descripción: Permitir el uso de actividades culturales en espacios monumentales eclesiásticos. Objetivo: Mejorar la convivencia y la tolerancia cultural. Agentes implicados: Obispado de Jaén. Consejería de Cultura. Diputación Provincial. Ayuntamientos de las localidades respectivas. Prioridad: Alta. |
||