La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (BOE 14-12-1999), de protección de datos de carácter personal, establece que su finalidad es garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar.
Al
solicitar
matrícula sus datos pasan a formar parte del fichero de alumnos
de
El respeto a la ley es compatible con las nuevas dimensiones que adquiere día a día el servicio universitario, de tal modo que son los propios estudiantes quienes demandan servicios complementarios del estrictamente universitario, que requieren la cesión de determinados datos personales a terceros en beneficio del estudiante y de la propia institución universitaria.
Así pues, los datos contenidos en el fichero de alumnos pueden ser cedidos a los siguientes terceros:
De
acuerdo con
lo establecido en la citada ley, puede ejercitar sus derechos de
acceso,
rectificación,
cancelación y oposición
dirigiéndose a
En cualquier caso, la Universidad podrá ceder de forma disociada (información no asociable a personas identificadas o identificables) los datos contenidos en el citado fichero.
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Última actualización:
13/04/2010.