Visado

Según se indica en el apartado f) de la Orden INT/657/2020 , aquellos estudiantes que realicen cursos de menos de 90 días y sean de nacionalidades que no necesiten visado (como es el caso de estadounidenses), podrán viajar acreditando en frontera la documentación que acredite la matrícula en ese curso y seguro médico para toda la estancia. Deberán viajar durante el curso o como máximo 15 días antes. y luego dirigir a ESTE ENLACE.