Preguntas Frecuentes

1. SOBRE EL ESPACIO EUROPEO DE EDUCACIÓN SUPERIOR (EEES)

1.1. ¿QUÉ ES EL EEES?

< El EEES es un proyecto supranacional de armonización de la educación superior en Europa, que recoge el deseo de dotarnos de un área universitaria común: el "Espacio Europeo de Educación Superior" (EEES); donde los sistemas educativos de cada país sean comparables, donde estudiantes y profesores circulen libremente, y que sea un polo de atracción de estudiantes de todas las partes del mundo para hacer de Europa un referente internacional en educación superior. El objetivo es permitir la acreditación y movilidad de estudiantes y trabajadores por todo el territorio europeo; para hacer una Europa del Conocimiento más fuerte. En 1999, se firma en Bolonia, la declaración que sienta las bases para la construcción del EEES; iniciándose el llamado Proceso de Bolonia que pretende hacer realidad el EEES a partir del año 2010.

1.2. ¿QUÉ ES PROCESO DE BOLONIA O PROCESO DE CONVERGENCIA?

En 1998, durante los actos conmemorativos del 700 aniversario de la Universidad de La Sorbona, los ministros de educación de Francia, Alemania, Italia y Reino Unido publican la Declaración de la Sorbona donde plantean la idea de crear un espacio común europeo de educación superior. Al año siguiente en la Universidad de Bolonia son ya 29 países los que suscriben dicha idea a través de la llamada Declaración de Bolonia. Dicha declaración sienta las bases para la construcción de un EEES organizado conforme a ciertos principios (calidad, movilidad, diversidad, competitividad) y orientado hacia la consecución entre otros de dos objetivos estratégicos: el incremento del empleo en la Unión Europea y la conversión del sistema europeo de formación superior en un polo de atracción para estudiantes y profesores de otras partes del mundo. Se inicia un proceso de convergencia que recomienda a los países miembros la adecuación de sus estructuras educativas al EEES. En la actualidad son 46 los países firmantes de la declaración de Bolonia. No son sólo países de la UE, sino también países del Espacio Europeo de Libre Comercio y países del este y centro de Europa. La Declaración de Bolonia establece un plazo hasta 2010 para la realización del Espacio Europeo de Educación Superior, con fases bienales de realización, cada una de las cuales termina mediante la correspondiente Conferencia Ministerial que revisa lo conseguido y establece directrices para el futuro. La primera conferencia de seguimiento del proceso de Bolonia tuvo lugar en Praga en 2001 a la que le siguieron Berlin en 2003, Bergen, 2005, y Londres, 2007. En dichas conferencias se han hecho balance de los progresos realizados hasta cada fecha, se han incorporado las conclusiones de los seminarios internacionales realizados y se han establecido directrices para la continuación del proceso.

1.3. ¿CUÁNTOS PAÍSES INTEGRAN EL EEES?

En la actualidad son 46 los países que han suscrito dicha declaración y que comprende otros países además de la Unión Europea, podríamos decir que el EEES comprende la Unión Europea ampliada. · Desde 1999: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Islandia, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania, Suecia y Suiza. · Desde 2001: Croacia, Chipre, Liechtenstein y Turquía. · Desde 2003: Albania, Andorra, Bosnia-Herzegovina, República de Macedonia, Rusia, Serbia y Vaticano. · Desde 2005: Armenia, Azerbaiyán, Georgia, Moldavia y Ucrania. · Desde mayo de 2007: Montenegro. Es previsible coincidiendo con las Conferencias bianuales de seguimiento se incorporen nuevos países al EEES.

1.4. ¿CUÁLES SON LOS OBJETIVOS DEL EEES?

Los principales objetivos que se pretenden con la creación del EEES son: · La adopción de un sistema fácilmente legible y comparable de titulaciones. · La unificación de la estructura de las rotulaciones en todos los países del EEES basada en tres ciclos: Grado, Máster y Doctorado. · El establecimiento de un sistema de créditos común, como el sistema ECTS, para fomentar la comparabilidad de los estudios y promover la movilidad de los estudiantes y titulados · La promoción de la cooperación Europea para asegurar un nivel de calidad para el desarrollo de criterios y metodologías comparables. · La promoción de una necesaria dimensión Europea en la educación superior con particular énfasis en el desarrollo curricular. · La promoción de la movilidad y remoción de obstáculos para el ejercicio libre de la misma por los estudiantes, profesores y personal administrativo de las universidades y otras Instituciones de enseñanza superior europea.

1.5. ¿QUÉ RESULTADOS SE ESPERAN OBTENER DEL PROCESO DE BOLONIA?

Los resultados que se esperan obtener del proceso de convergencia y que se derivan de la consecución de los objetivos señalados previamente son: · Incrementar la transparencia para comprender y comparar fácilmente los sistemas educativos. · Facilitar el reconocimiento de las cualificaciones profesionales. · Dotar al sistema de flexibilidad, con mayores oportunidades de formación. · Incrementar la colaboración entre Universidades y la convergencia de las estructuras educativas. · Conseguir un importante cambio conceptual con grandes repercusiones sobre los métodos docentes y de aprendizaje. · Revisar las actuales titulaciones desde la nueva perspectiva del trabajo/esfuerzo del estudiante. · Fomentar el aprendizaje en cualquier momento de la vida, en cualquier país del EEES y con cualquier tipo de enseñanza.

2. SOBRE LAS TITULACIONES UNIVERSITARIAS

2.1. ¿QUÉ ES EL SISTEMA DE TRANSFERENCIA Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EUROPEO, ECTS?

El RD 1125/2003 establece que: "Los créditos ECTS representan el volumen de trabajo del estudiante para conseguir los objetivos del programa de estudios, objetivos que deben ser especificados preferiblemente en términos de resultados del aprendizaje y de competencias que han de ser adquiridas". European Credit Transfer System (ECTS) es el sistema de transferencia de créditos europeo que establece la unidad de medida del trabajo del estudiante necesario para superar los objetivos del programa de estudios y que se obtiene por la superación de cada una de las asignaturas que integran los planes de estudios de los títulos universitarios. Un crédito ECTS equivale aproximadamente a 25 horas de trabajo/estudio del alumno en cualquier país e incluye el tiempo dedicado a: clases teóricas y prácticas, estudio personal, prácticas, actividades auto-formativas, evaluaciones, etc. La gran diferencia con el sistema de cómputo que existe actualmente es que todas estas actividades, que ahora ya se realizan para superar una asignatura, no se tienen sin embargo en cuenta a la hora de contabilizar créditos en el plan de estudios. El sistema de transferencia y reconocimiento de créditos europeo (ECTS) es el sistema común normalizado en todos los países del EEES que favorecerá el reconocimiento mutuo de titulaciones y facilitará la movilidad de los estudiantes en todo el EEES: los créditos superados por el alumno en cualquier universidad es automáticamente reconocido por las demás universidades. La aplicación del sistema ECTS de forma generalizada dentro del EEES, hace que los programas de estudio, y el trabajo necesario por parte del estudiante para su superación, resulten más fácilmente comprensibles y comparables para todos los estudiantes, tanto nacionales como extranjeros; de esta forma, facilita la movilidad y el mutuo reconocimiento académico; ayuda a las universidades a organizar y revisar sus programas de estudios; puede ser utilizado para diversos programas y modalidades de enseñanza, y hace que la educación superior europea pueda resultar más atractiva, por su transparencia, para los estudiantes de otros continentes u otros sistemas de educación superior.

2.2. ¿CÓMO SE ESTRUCTURAN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES EN ESPAÑA?

La Reforma de la Estructura de los estudios Universitarios (Real Decreto 1393/2007) cambia estableciéndose tres niveles: Grado (4 años) que capacita para integrarse en el mundo laboral, Máster (1 ó 2 años) que ofrece una especialización académica o profesional y Doctorado que capacita para la investigación. El grado sustituye a las actuales titulaciones universitarias y constituye el primer ciclo de las enseñanzas universitarias, que ofrece una formación general en una o varias disciplinas, orientadas a la preparación para el ejercicio profesional. El grado comprende formación básica de la rama de conocimiento a la que pertenezca la titulación (arte y humanidades, ciencias sociales y jurídicas, ciencias experimentales, ciencias de la salud e ingeniería y arquitectura), formación obligatoria, optativas, prácticas externas y el trabajo fin de grado que será obligatorio para todos los grados. La formación básica (un curso) es mutuamente reconocible entre las titulaciones que pertenezcan a la misma rama de conocimiento. Todos los grados, con algunas excepciones como el de Medicina, Arquitectura y las Ingenierías, tendrán una duración de cuatro años en los que el alumno deberá superar 240 créditos ECTS, 60 créditos ECTS por año. Con la nueva estructuración desaparecen las diferencias entre diplomaturas y licenciaturas. El máster es el segundo ciclo de las enseñanzas superiores universitarias, teniendo como finalidad la formación avanzada de carácter especializado o multidisciplinar, orientada a la especialización académica, profesional o a promover la iniciación en tareas investigadoras. Una vez cursado el grado, los alumnos pueden, si lo desean, ampliar su formación mediante los másteres que programen las universidades. Los másteres, que tendrán una duración de entre uno y dos años, constarán de 60 y 120 créditos ECTS. El doctorado es el tercer ciclo de las enseñanzas universitarias, siendo su finalidad la formación avanzada en técnicas de investigación. Cada ciclo conduce siempre a la obtención de un título oficial y además, en todos los casos, la superación de un ciclo permite el acceso al siguiente. Esta reforma de los planes de estudio implica la extinción progresiva de los existentes y la implantación de los nuevos a partir de los cursos 2009-10 y 2010-11. Las universidades establecerán mecanismos de adaptación para los estudiantes de los planes de estudio actuales que deseen incorporase a los nuevos títulos de Grado.

2.3. EN LOS GRADOS, ¿QUÉ SON LAS RAMAS DE CONOCIMIENTO?

Las propuestas de titulaciones de grado que propongan las universidades tienen que adscribirse a una de las cinco ramas de conocimiento que establece el RD 1393/2007 en su anexo II: a) Artes y Humanidades. b) Ciencias. c) Ciencias de la Salud. d) Ciencias Sociales y Jurídicas. e) Ingeniería y Arquitectura. Cada rama de conocimiento tiene asociadas una serie de materias básicas de rama de las cuales cada titulación ha de programar 60 créditos de formación básica, de los que al menos 36 estarán vinculados a algunas de las materias para la rama de conocimiento a la que se pretenda adscribir el título. Estas materias deberán concretarse en asignaturas con un mínimo de 6 créditos cada una y serán ofertadas en la primera mitad del plan de estudios. Los créditos restantes hasta 60, en su caso, deberán estar configurados por materias básicas de la misma u otras ramas de conocimiento o por otras materias siempre que se justifique su carácter básico para la formación inicial del estudiante o su carácter transversal. Los créditos correspondientes a las materias de rama son mutuamente reconocibles entre todas las titulaciones que estén adscritas a la misma rama de conocimiento.

2.4. ¿QUÉ ES EL EUROPASS Y EL SUPLEMENTO EUROPEO AL TÍTULO?

El Europass es un dossier de documentos que informa de manera clara y sencilla de todas las titulaciones, aptitudes y certificaciones adquiridas por el estudiante durante toda su vida. Incluye: · Curriculum Vitae Europass · Pasaporte de Lenguas Europass · Documento de Movilidad Europass · Suplemento Europeo al Título (S.E.T.) El S.E.T. es un documento personal adjunto al Título Universitario que describe la naturaleza, el nivel, el contexto, el contenido y la normativa de la formación realizada por el titular. Además amplia información sobre los resultados obtenidos por cada titular y sobre el sistema nacional de enseñanza superior. El objetivo es incrementar la transparencia de las titulaciones impartidas en la UE y facilitar su reconocimiento académico y profesional para las instituciones.

2.5. ¿QUÉ ES EL PROCESO DE VERIFICACIÓN DE TÍTULOS?

Una vez diseñado por parte de las universidades el plan de estudios de cada nueva titulación de Grado/Máster, deben ser verificados formalmente por el Consejo de Universidades. Éste lo hace a través de la ANECA (Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación), fundación estatal que tiene como misión contribuir a la mejora de la calidad del Sistema de Educación Superior, mediante el diseño y ejecución de procesos de evaluación, certificación y acreditación de enseñanzas, de profesorado y de instituciones de educación superior. La evaluación se realizará por una Comisión formada por expertos del ámbito académico y, en su caso, profesional, del título correspondiente. La ANECA elaborará una propuesta de informe, de forma motivada, en términos favorables o desfavorables, pudiendo incluir, en su caso, recomendaciones sobre el modo de mejorarlo. El informe será enviado por la ANECA a la Universidad para que pueda presentar alegaciones en el plazo de 20 días naturales. Concluido el plazo y valoradas, en su caso, las alegaciones, la ANECA elaborará el informe de evaluación que será favorable o desfavorable y lo remitirá al Consejo de Universidades. El Consejo de Universidades comprobará la denominación propuesta para el título, que el programa formativo cuenta con el informe de evaluación favorable, que se adecua a las previsiones del RD 1393/2007 y es coherente con la denominación del título propuesto. En el plazo de 6 meses desde la fecha de envío, el Consejo dictará la resolución de verificación que será positiva, si se cumplen las condiciones señaladas, o negativa, en caso contrario. La resolución de verificación se comunicará al Ministerio de Ciencia e Innovación, a la Comunidad Autónoma interesada y a la Universidad. En este sentido, la memoria de verificación es un documento mucho más completo que un simple plan de estudios. Debe entenderse como una propuesta de formación (Programa Formativo) que incluye los objetivos, el plan de estudios (o la relación de módulos, materias y/o asignaturas ofertadas), los recursos humanos y materiales con los que se cuenta para desarrollarlo, los sistemas de garantía interna de calidad y unos resultados de aprendizaje previstos claramente definidos, entre otras cuestiones. Esta memoria es evaluada por una comisión de expertos independientes designados por ANECA, en función de la cual se elabora un informe de evaluación que tiene un carácter preceptivo y determinante. Esas comisiones incluyen a estudiantes de la Rama de Conocimiento de la que se trate.

2.6. ¿QUÉ ES EL REGISTRO DE UNIVERSIDADES, CENTROS Y TÍTULOS (RUCT)?

El Real Decreto 1393/2007, establece que será en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT) donde se inscribirán los títulos universitarios oficiales una vez hayan sido verificados de forma positiva por el Consejo de Universidades y autorizados por los Gobiernos Autonómicos correspondientes. Tras la verificación del plan de estudios y la autorización de la Comunidad Autónoma, el Ministerio de Ciencia e Innovación elevará al Gobierno la propuesta para el establecimiento del carácter oficial del título y su inscripción en el RUCT, cuya aprobación mediante acuerdo del Consejo de Ministros será publicada en el Boletín Oficial del Estado. Por lo tanto, serán las propias universidades las que crearán y propondrán, de acuerdo con las reglas establecidas, las enseñanzas y títulos que hayan de impartir y expedir, sin sujeción a la existencia de un catálogo previo establecido por el Gobierno, como hasta ahora era obligado. La inscripción en el RUCT tendrá como efecto la consideración inicial de título acreditado. No obstante, Los títulos universitarios oficiales deberán someterse a un procedimiento de evaluación cada 6 años a contar desde la fecha de su registro en el RUCT, con el fin de mantener su acreditación y continuar inscritos en el RUCT. A estos efectos, la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), establecerá los protocolos de verificación y acreditación necesarios.

2.7. ¿QUÉ ES EL PROCESO DE ACREDITACIÓN DE TÍTULOS?

A los seis años de que el nuevo título sea registrado oficialmente (es decir, transcurrido el tiempo suficiente para que existan ya egresados y se puedan medir los resultados de aprendizaje logrados), se realizará una nueva evaluación por parte de ANECA o las agencias de calidad autonómicas. Este proceso de evaluación de titulaciones adaptadas al EEES al cabo de seis años de funcionamiento de las mismas es lo que se conoce como proceso de acreditación de las enseñanzas. La ANECA y, en su caso, las agencias de calidad autonómicas, harán un seguimiento periódico de los títulos registrados en el RUCT a partir de la información pública disponible, hasta el momento en que deban someterse a una nueva evaluación para la acreditación al cabo de seis años. En caso de encontrarse alguna deficiencia se comunicará para que pueda ser subsanada y si la deficiencia fuera muy grave, se iniciaría una evaluación similar a la de acreditación. El objetivo de este proceso de seguimiento es garantizar que no se está poniendo en cuestión los resultados de aprendizaje previstos, teniendo en cuenta cómo se está aplicando la propuesta de formación inicial La acreditación de un título se basará, por tanto, en la verificación del cumplimiento del proyecto presentado por la Universidad en su momento a lo largo de los últimos seis años. Los títulos universitarios oficiales deberán someterse a un procedimiento de evaluación cada 6 años a contar desde la fecha de su registro en el RUCT, con el fin de mantener su acreditación. El objetivo es comprobar que el plan de estudios correspondiente se está llevando a cabo de acuerdo con su proyecto inicial, mediante una evaluación, que incluirá, en todo caso, una visita externa a la universidad. Esta deberá justificar el ajuste de la situación de lo realizado con lo propuesto en el proyecto presentado en la verificación inicial, o justificar las causas del desajuste y las acciones realizadas en cada uno de los ámbitos. Se garantiza por tanto, una rendición de cuentas ante la sociedad orientada a la mejora de la calidad y de la información de las características de la oferta universitaria. Este proceso de acreditación convierte los planes de estudios propuestos inicialmente en verdaderos contratos o compromisos establecidos por la Universidad con la sociedad

2.8. ACCESO Y ADMISIÓN: ¿EN QUÉ MEDIDA CAMBIA EL ACCESO A LA UNVERSIDAD?

Una cuestión que también es objeto de revisión en España para su adaptación al EEES es el acceso a la universidad. El Real Decreto 1892/2008 establece algunos cambios en la Selectividad que entrarán en vigor en el curso 2009-2010. La Selectividad tendrá una parte general obligatoria para todos los alumnos y consta de cuatro exámenes: Lengua española, comentario de texto filosófico o histórico, lengua extranjera y una asignatura de la especialidad de bachillerato que el alumno elija. Como ocurre actualmente, la calificación de esta prueba representa el 40% de la nota de acceso a la universidad y el 60% restante corresponde a la nota media del Bachillerato. Para aquellos alumnos que quieran subir nota porque la titulación que desean cursar tiene mucha demanda hay una parte específica voluntaria que consiste en realizar dos exámenes de dos asignaturas que el alumno elija de su especialidad. La nota obtenida en los mismos servirá para subir nota. El nuevo sistema regula el acceso a la universidad de mayores de 25 años, pero también de mayores de 40 que hayan desempeñado una labor profesional relacionada con la titulación que quieren estudiar y de mayores de 45 que no tuvieron posibilidad de estudiar anteriormente y desean hacerlo ahora. Se trata de fomentar los estudios universitarios en cualquier momento de nuestra vida, en cualquier titulación y en cualquier país del EEES.

2.9. ¿CUÁNDO VAN A ENTRAR EN VIGOR LOS NUEVOS PLANES DE ESTUDIO Y QUÉ SUCEDERÁ CON LOS ESTUDIANTES QUE HAN INICIADO SUS ESTUDIOS CONFORME A LA NORMATIVA ACTUAL?

Las nuevas titulaciones de Grado y Máster ya están siendo implantadas en el conjunto de las universidades españolas. Hay universidades que tienen implantados ya todos sus títulos en primer curso. En la comunidad autónoma andaluza ya han comenzado en el curso 2008-2009 algunas titulaciones de Máster y en el curso 2009-2010 lo harán también algunas titulaciones de Grado. Finalmente, en el curso 2010-2011 comenzarán todos los Grados que no lo hubiesen hecho con anterioridad. La implantación será progresiva curso a curso y aquello alumnos que en el momento de la implantación de los Grados se encuentre estudiando alguna titulación actual podrá continuar con su plan de estudios ya que los planes antiguos se extinguirán curso por curso. El estudiante podrá optar por incorporarse al plan de estudios nuevo a través de convalidaciones o por continuar en su plan de estudios hasta finalizar o hasta septiembre del año 2015.

2.10. ¿QUÉ SUCEDERÁ CON LA VALIDEZ DE LOS TÍTULOS ACTUALES?

Los títulos universitarios oficiales obtenidos conforme a planes de estudios anteriores a la entrada en vigor de la nueva normativa mantendrán todos sus efectos académicos y, en su caso, profesionales. Además, quienes, estando en posesión de un título oficial de Licenciado, Arquitecto, Ingeniero, Diplomado, Ingeniero técnico o Arquitecto técnico, pretendan acceder a enseñanzas conducentes a un título de Grado y/o Máster obtendrán el reconocimiento de créditos que proceda por los estudios realizados reconociéndose también la experiencia profesional.

2.11. ¿SERÁ PRECISO ESTUDIAR UN MÁSTER PARA ACCEDER AL MERCADO LABORAL?

La titulación de Grado permite obtener una formación general básica de la titulación y una preparación adecuada y suficiente para el ejercicio profesional. Únicamente, y con carácter excepcional, cuando se trate de títulos de Máster que habiliten para el ejercicio de actividades profesionales reguladas en España, el Gobierno establecerá las condiciones a las que deberán adecuarse los correspondientes planes de estudios, que además deberán ajustarse, en su caso, a la normativa europea aplicable. Ésta situación se circunscribe a un grupo muy reducido de titulaciones: Abogacía, Ingenierías Superiores y Profesorado de enseñanzas de secundaria. No obstante, con carácter general, nadie estará obligado a cursar un Máster salvo en los casos señalados de algunas profesiones reguladas por ley.

2.12. ¿CÓMO SERÁN LAS TASAS DE LOS GRADOS Y DE LOS MÁSTER?

Todos los estudios conducentes a títulos oficiales (las titulaciones actuales y las futuras de Grado, Máster y Doctorado) se rigen, en las universidades públicas, por el sistema de precios públicos. Son los Gobiernos de las Comunidades Autónomas los que fijan anualmente tales precios teniendo en cuenta la regulación de los mismos por el Ministerio de Ciencia e Innovación. Por consiguiente los precios del Grado, Máster y Doctorado se regirán por precios públicos.

3. SOBRE LAS METODOLOGÍAS DOCENTES

3.1. ¿CÓMO SERÁ LA DOCENCIA UNIVERSITARIA? NUEVO ENFOQUE METODOLÓGICO

La Reforma de las metodologías docentes implica la puesta en marcha de diferentes estrategias metodológicas, no sólo clases magistrales, empleando diversos tipos de agrupamientos y actividades: seminarios, talleres, debates, mesas redondas, prácticas, etc. y ello supone un papel más activo por parte de los estudiantes: Mayor implicación y autonomía de los estudiantes. Utilización de metodologías más activas: casos prácticos, trabajo en equipo, tutorías, seminarios, tecnologías multimedia, etc. Papel del profesorado como agente creador de entornos de aprendizaje estimulantes para el alumnado. En este nuevo escenario, el alumnado tiene que trabajar de otra manera. Es necesario que se implique en las clases y que se comprometa a llevar al día sus estudios. Ha de buscar información, seleccionarla, comprenderla, preguntar las dudas, exponer los conocimientos que va adquiriendo debatiendo y trabajando con sus compañeros. En definitiva es una nueva forma de aprender más activa.

3.2. ¿QUÉ ES LA TUTORÍA ACADÉMICA?

El EEES pone de manifiesto la importancia de la orientación como un elemento clave en la formación universitaria. La Tutoría Académica es el instrumento que permite realizar este proceso de orientación. Es un proceso de acompañamiento de carácter formativo, orientador e integral desarrollado por docentes universitarios. Tiene como finalidad facilitar a los estudiantes todas las herramientas y la ayuda necesarias para conseguir con éxito todos los objetivos académicos, así como personales y profesionales, que les plantea la universidad. Las tutorías, en este contexto, son un método de aprendizaje integrado en los planes de estudios de las nuevas titulaciones y tienen un papel capital para individualizar, supervisar y evaluar el trabajo autónomo del estudiante. Por ello, por regla general serán de asistencia programada y obligatoria y se computarán como horas de trabajo presencial del estudiante.

3. 3. ¿EN QUÉ COSISTE LA VALUACIÓN CONTINUA?

Mediante la evaluación continua se valora el proceso de aprendizaje del estudiante a partir del seguimiento continuo del trabajo que realiza y de los conocimientos que va adquiriendo, con lo que pueden introducirse de forma inmediata las modificaciones necesarias para optimizar el proceso y mejorar los resultados obtenidos. Se fomentarán, por ello, las modalidades de evaluación continua de las competencias adquiridas por parte del estudiante a lo largo del curso. No obstante, cuando sea el caso, seguirán teniendo lugar los exámenes finales de las asignaturas correspondientes que precisen de una prueba global de evaluación. Las competencias a alcanzar, o los objetivos docentes propuestos en un plan de estudios, deben ser evaluables. Los procedimientos y las técnicas establecidos para evaluar el nivel de adquisición y progreso del aprendizaje de los estudiantes pueden ser muy variados: · Pruebas objetivas (verdadero/falso, elección múltiple, emparejamiento de elementos...). . Pruebas de respuesta breve. · Pruebas de respuesta larga, de desarrollo. · Pruebas orales (individuales, en grupo, presentación de temas o trabajos, etc.). · Trabajos y proyectos. · Informes/memorias de prácticas. · Pruebas de ejecución de tareas reales o simuladas. · Sistemas de autoevaluación (oral, escrita, individual, en grupo). · Técnicas de observación.

4. SOBRE EL COMPROMISO CON LA CALIDAD

4.1. ¿CUÁL ES EL COMPROMISO CON LA CALIDAD?

Quizá una de los aspectos más novedosos de la reforma de los nuevos títulos de grado y postgrado, es la preocupación por la calidad. Esta preocupación sigue las directrices europeas empleadas en otros países de la Unión Europea considerados como referentes en actividades de docencia e investigación universitaria. Así, por ejemplo, todos los títulos antes de ser impartidos pasan por una evaluación (en la que participan expertos externos a la Universidad, incluso de otros países europeos) que garantizan que la titulación ofertada cumple con los requisitos necesarios en cuanto a contenidos, así como en recursos materiales y humanos para su correcto desarrollo. La preocupación por la calidad no se queda en la evaluación previa, sino que se establece un proceso de acreditación que se realizará cada 6 años, para analizar la situación de cada uno de los títulos ofertados.

5. SOBRE LA DIMENSIÓN SOCIAL DEL EEES

5.1. ¿POR QUÉ DICEN QUE LA UNIVERSIDAD ESTÁ MERCANTILIZADA?

La Universidad de Jaén es una universidad pública financiada fundamentalmente por los fondos que para ello se recogen en los Presupuestos de la Junta de Andalucía, exactamente igual que otros organismos (sanidad, justicia, .). Por tanto, su vocación tiene que ser el servicio a las necesidades de la sociedad intentando dar día a día un mejor servicio a través de sus actividades docentes, de investigación y de dinamización socio-cultural o de extensión universitaria. Tradicionalmente se ha criticado a las Universidades de vivir de espaldas a la sociedad, afortunadamente esta situación está cambiando día a día, y así la Universidad de Jaén tiene, desde su creación, una preocupación constante por servir de motor al conjunto de la sociedad giennense. Pero en cualquier caso sigue y seguirá siendo una universidad pública con financiación pública.

5.2. ¿LAS PRÁCTICAS EXTERNAS SON NUEVAS EN EL EEES?

No. Actualmente, existen muchas titulaciones universitarias donde los planes de estudio recogen una asignatura de "prácticas en empresas/instituciones externas" o "practicum". Por ejemplo, tienen prácticum todos los magisterios, medicina, enfermería, fisioterapia, derecho, turismo, etc. Con el EEES, los planes de estudio incorporarán una asignatura de "prácticum", si las comisiones encargadas de la configuración del título de grado consideran que es un complemento necesario para tu formación. En cualquier caso, en muchos planes de estudio, el "prácticum" aparecerá de carácter optativo y será el alumno, el encargado de decidir si quiere cursar una asignatura en las aulas o prefiere sustituirla por las prácticas externas.

5.3. ¿QUÉ ES EL COMPROMISO CON LA SOCIEDAD?

La Universidad de Jaén al ser una universidad pública debe dar una adecuada respuesta a las necesidades de la sociedad, ese compromiso se recoge en el quehacer diario de la institución, desde la rendición de cuentas a la sociedad, dando información detallada de su funcionamiento y resultados, hasta todas las actividades que hacen que la Universidad de Jaén sirva como motor para el desarrollo de su entorno socio-económico y de referente en cuanto a acciones de integración social y cooperación.

5.4. ¿ES CIERTO QUE VA A SER LA AGENCIA NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN (ANECA) LA QUE VA A DECIDIR LAS CARRERAS QUE SE PODRÁN ESTUDIAR EN CADA UNIVERSIDAD, EN FUNCIÓN DE CRITERIOS DE RENTABILIDAD Y ATENDIENDO A INTERESES EMPRESARIALES?

El papel de la ANECA se limita a evaluar la calidad de los estudios ofertados en todas las universidades españolas, de forma que todos los titulados tengan una garantía de que la información que reciben siguen unas normas de calidad adecuadas. La propuesta de las titulaciones a ofertar en cada universidad le corresponde al Consejo Social de la Universidad que debe contar con el visto bueno del Consejo Andaluz de Universidades y del Consejo de Coordinación Universitaria. El propio Consejo Andaluz de Universidades ha garantizado que se mantenga la oferta de los títulos ofertados en la actualidad en las universidades públicas andaluzas impartiéndolos, al menos, en una universidad del sistema público andaluz.

6. SOBRE EL SISTEMA DE BECAS

6.1. ¿CÓMO AFECTA EL EEES A LAS BECAS?

La implantación del EEES, NO AFECTA AL ACTUAL SISTEMA DE BECAS Y AYUDAS. Por tanto, tal y como se establece en el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre (BOE 17 de enero de 2008) (Ver Real Decreto), por el que se establece el Régimen de becas y ayudas al estudio personalizadas, LAS BECAS ACTUALES CONTINUARÁN EXISTIENDO para estudiantes matriculados/as en: · Los Planes de Estudios actuales, en tanto se sigan impartiendo. Es decir, estudios conducentes a la obtención del título de Licenciado/a, Ingeniero/a, Arquitecto/a, Diplomado/a, Maestro/a, Ingeniero/a Técnico/a y Arquitecto/a Técnico/a. · Enseñanzas universitarias conducentes a la obtención del título de Grado. · Enseñanzas universitarias conducentes a la obtención del título oficial de Máster Universitario. De hecho, las becas para estudiantes matriculados/as en las nuevas enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de los títulos de Grado y Máster Universitario, SON UNA REALIDAD DESDE EL CURSO ACADÉMICO 2007/2008, y en este sentido: · Desde el curso académico 2007/2008, se conceden becas a los/las estudiantes matriculados/as en enseñanzas universitarias conducentes a la obtención del título oficial de Máster Universitario. (Ver convocatoria de becas para el curso 2007/2008). · En el curso académico 2008/2009, los/las estudiantes matriculados/as en los nuevos títulos de Grado pueden obtener beca, ya que hay universidades que han comenzado a implantar las nuevas enseñanzas. (Ej. Universidad Carlos III de Madrid). (Ver convocatoria de becas para el curso 2008/2009).

6.2. ¿PARA CURSAR MASTER OFICIALES SE CONVOCARÁN BECAS?

Sí. Antes, si querías hacer un máster, debías pagar en concepto de matrícula una cantidad de dinero muy elevada que podía llegar a muchos millones de las antiguas pesetas y el Ministerio no convocaba becas para poder llevarlos a cabo. Con el Espacio Europeo de Educación Superior se consigue varias cosas: A) que la formación especializada a través de máster tenga una matrícula asequible a cualquier persona, con lo que se consigue acercar la formación universitaria especializada a cualquier bolsillo. B) La posibilidad de solicitar becas para esta enseñanza universitaria es una realidad ya (Ver convocatoria de becas para el curso 2007/2008).

6.3. SI DECIDO CAMBIARME A LOS NUEVOS ESTUDIOS DE GRADO ¿PUEDO OBTENER BECA?

SI, se puede obtener beca, siempre que sea para continuar las mismas enseñanzas y se cumplan los requisitos académicos y económicos establecidos, ya que la convocatoria establece que: "No se considerarán cambios de estudios las adaptaciones a nuevos planes de las mismas enseñanzas, debiendo, en todo caso, cumplirse los requisitos académicos establecidos con carácter general". (Ver artículo 20 de la convocatoria de becas para el curso 2008/2009).

6.4. ¿PARA OBTENER BECA SE ESTABLECEN UNOS REQUISITOS ACADÉMICOS DIFERENTES PARA ESTUDIANTES DE GRADO Y MÁSTER OFICIAL, O SON LOS MISMOS QUE SE EXIGEN PARA ESTUDIANTES DE DIPLOMATURAS O LICENCIATURAS?

Para estudiantes de Grado se exigen los mismos requisitos académicos que se exigen a estudiantes de Diplomaturas o Licenciaturas: Estar matriculado/a de un número mínimo de créditos. Alcanzar un rendimiento académico mínimo, salvo a estudiantes que se matriculen por primera vez en estudios universitarios: o Superar el 60 por ciento de los créditos en los que se hubiesen matriculado si se trata de estudios de enseñanzas técnicas o, o el 80 por ciento si se trata de las demás enseñanzas universitarias. (Ver artículos 18 y 19 de la convocatoria de becas para el curso 2008/2009). Para estudiantes de Máster Universitario Oficial, se establecen los siguientes requisitos académicos: Estar matriculado/a de un número mínimo de créditos. Los/as solicitantes de beca para primer curso de estudios de Másteres Oficiales deberán acreditar una nota media de 6,00 puntos en el expediente académico correspondiente a los estudios universitarios que le dan acceso al máster. A estos efectos, las notas medias procedentes de estudios de enseñanzas técnicas se multiplicarán por el coeficiente 1,17. Los/as solicitantes de beca para el segundo año de estos estudios deberán acreditar haber superado la totalidad de los créditos de que hubieran estado matriculados/as en el curso anterior, así como matricularse en todos los créditos que le resten para obtener la titulación. (Ver artículo 22 de la convocatoria de becas para el curso 2008/2009).

6.5. ¿PARA OBTENER BECA SE ESTABLECEN UNOS REQUISITOS ECONÓMICOS DIFERENTES PARA ESTUDIANTES DE GRADO Y MÁSTER OFICIAL, O SON LOS MISMOS QUE SE EXIGEN PARA ESTUDIANTES DE DIPLOMATURAS O LICENCIATURAS?

Se establecen los mismos requisitos económicos para todos los estudios, no superar los umbrales de renta y patrimonio que se establecen en la convocatoria. Por tanto, no existe ninguna diferencia según el tipo de estudios. (Ver artículos 11 a 16 de la convocatoria de becas para el curso 2008/2009).

6.6. ¿LA CUANTÍA DE LA BECA ES IGUAL PARA TODOS LOS ESTUDIOS: DIPLOMATURAS O LICENCIATURAS, GRADO Y MASTER OFICIAL?

SI, la convocatoria no establece diferencia alguna en la cuantía de beca. Por tanto, es igual para todos los estudios. (Ver artículos 2 a 10 de la convocatoria de becas para el curso 2008/2009).

6.7. ¿TENGO ASEGURADA LA CONCESIÓN DE BECA, SI CUMPLO LOS REQUISITOS ACADÉMICOS Y ECONÓMICOS ESTABLECIDOS EN LA CONVOCATORIA?

La Disposición Adicional Novena de la ley 24/2005, de 18 de noviembre (BOE de 19 de noviembre), de reformas para el impulso de la productividad, ASEGURA LA CONCESIÓN DE BECA A TODOS LOS SOLICITANTES que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria, al establecer: "las becas para seguir estudios reglados y para las que no se fije un número determinado de beneficiarios, se concederán de forma directa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 22.2.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a los alumnos de los distintos niveles del sistema educativo, tanto universitario como no universitario". Por tanto, las becas quedan excluidas del régimen de concurrencia competitiva, ya que no se establece un numero determinado de beneficiarios (Ver Ley 24/2005).

6.8. ¿TENGO QUE DEVOLVER LA BECA RECIBIDA, EN CASO DE NO ALCANZAR UN RENDIMIENTO ACADÉMICO MÍNIMO?

NO, la convocatoria de beca no se exige un rendimiento académico mínimo para no tener que devolver la beca recibida, únicamente se tendrá que devolver o reintegrar la beca recibida en los siguientes supuestos: · Anular matrícula en el mismo curso académico para el que ha recibido la beca. · No presentarse a examen de, al menos, un tercio de los créditos matriculados en el curso académico para el que ha recibido la beca. (Para el cumplimiento de este requisito, se tienen en cuenta todos los créditos a los que se ha presentado a examen, en cualquiera de las convocatorias ordinarias o extraordinarias establecidas por la universidad). (Ver artículo 31 de la convocatoria de becas para el curso 2008/2009).

6.9. ¿EXISTE LA POSIBILIDAD DE SOLICITAR OTRO TIPO DE AYUDAS PARA REALIZAR ESTUDIOS UNIVERSITARIOS?

SÍ, además de las Becas existen los Préstamos-Renta para quienes se encuentren matriculados/as en un Master Oficial. Desde el curso 2007-08, con la implantación de los nuevos Másteres oficiales, el Ministerio ha puesto en funcionamiento un programa específico que financia los estudios de posgrado de los/las estudiantes mediante préstamos-renta, con las siguientes características: · Cuantía: Máximo 240 ? por crédito del Máster. Distribuidos en un desembolso inicial para comenzar el Máster (máximo 6.000 euros), adicionalmente se puede solicitar una renta mensual de 800 euros (máximo 21 meses). Para Másteres en el extranjero suplemento de hasta 6.000?. · Para su concesión, no se tiene en cuenta la renta de la unidad familiar. · Características del préstamo: - Sin intereses ni comisiones. · Se devuelve una vez que el/la estudiante se ha incorporado al mercado de trabajo, y siempre que se alcance un determinado umbral de renta: - Duración: 20 años, siendo los 5 primeros años de carencia. - A partir del sexto año sólo se devuelve si se ha alcanzado un nivel de renta superior a 22.000 euros. - En caso de enfermedad grave u otras circunstancias extraordinarias el prestatario podrá solicitar la condonación parcial o total de la parte del préstamo no amortizada, aportando la documentación acreditativa junto a la solicitud de condonación. (Ver normativa reguladora de los Préstamos-Renta).

6.10. ¿LOS PRÉSTAMOS PARA REALIZAR ESTUDIOS UNIVERSITARIOS SON UNA NOVEDAD, COMO CONSECUENCIA DE LOS NUEVOS ESTUDIOS DE GRADO?

NO, hay que tener en cuenta que hasta el curso 2007/2008 existían préstamos para estudiantes de Diplomaturas y Licenciaturas, con las siguientes características: Cuantía: mínimo 3.000 y máximo de 9.000 euros. - Con intereses subvencionados al 80% por el Ministerio. (Euribor +0,3%) - Sin comisión de apertura. - Comisión de cancelación anticipada: 0,3%. En cuanto a su devolución, se realizaba de la siguiente forma: - El primer año después de su obtención no se devuelve, aunque sí genera intereses.(carencia) - Devolución en los 3 años siguientes, sin tener en cuenta si el solicitante había alcanzado o no un determinado nivel de renta. Por tanto, LA EXISTENCIA DE PRÉSTAMOS NO ES NOVEDAD en el Sistema Universitario Español. (Ver normativa reguladora de los Préstamos para estudiantes de Primer y Segundo Ciclo).

6.11. ¿HAN DISMINUIDO LAS BECAS EN CUANTO A CUANTÍA? Y ¿HAN DISMINUIDO EL NÚMERO DE BECAS CONCEDIDAS?

Si tenemos en cuenta las cifras publicadas por el Ministerio de Ciencia e Innovación, podemos comprobar que tanto el importe concedido como el número de becarios han aumentado en los últimos cursos académicos. En el período 2004/2005 a 2007/2008: - El importe concedido ha registrado un incremento del 25,7%. - El número de becarios ha aumentado un 6,37 %. Por lo que respecta a la Universidad de Jaén: Ha aumentado el número de becarios, pasando de 2.910 en el curso 2003/2004 a 3.856 en el curso 2007/2008, lo que supone un incremento del 32,5%. También ha aumentado significativamente el importe concedido, pasando de 7.048.000 euros en el curso 2003/2004 a 12.351.500 en el curso 2007/2008, lo que representa un incremento del 75,2%. El importe de la ayuda media por becario también ha sufrido un incremento considerable, pasando de 2.422,21 euros en el curso 2003/2004 a 3.198,86 euros en el curso 2007/2008. Es decir, un incremento del 32,06%. Por último, si nos fijamos en el porcentaje de alumnos becarios sobre el total de alumnos de la Universidad de Jaén, podemos observar que ha sufrido un incremento de 5,7 puntos porcentuales en el período 2003/2004 a 2007/2008, situándose en un 26,47%, lo que representa el porcentaje más alto de becarios en el período 1996/1997 a 2007/2008.

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