El máster de secundaria está pendiente de aprobación por parte del Ministerio de Educación. En breve se conocerá las condiciones de acceso y de admisión. Actualmente, lo que se conoce y ha trascendido es el parte del contenido del borrador. Hasta que no sea definitivo no podemos darle una respuesta precisa a lo que plantea.
Aprovecho para matizarle algunos conceptos que son necesarios tener claros en este proceso de cambio que estamos experimentando en las universidades. Primero, quien determina quién o quiénes pueden acceder a un puesto de trabajo no es la universidad, sino las instituciones empleadoras. En este caso la Consejería de Educación. Por lo tanto, lo que le digan en dichas instituciones es lo que cuenta ya que son ellas las que convocan las oposiciones. No obstante, es deseable y así se intentará por parte de las universidades regular su oferta formativa en función de la empleabilidad de las profesiones para las que requiren tales estudios de la oferta foramtiva.
Segundo, una cosa es cumplir los requisitos de acceso y otra los requisitos de admisión. En este sentido, efectivamente, el acceso a los estudios de máster es desde cualquier titulación universitaria (Diplomaturas, incluídas), pero los requisitos de admisión van a estar determinados por la características propias del máster. Esto significa que determinados másteres pueden exigir una formación específica previa o formación adicional para que un titulado sea admitidos al mismo.