152. Constitución de consejos locales de medio ambiente

Descripción: Se trata de crear órganos participativos de todos los colectivos sociales del municipio en la resolución ambiental de su localidad, teniendo en cuenta la labor realizada por los dinamizadores de los Programas Ambientalia en nuestros pueblos y ciudades. Estos consejos deben asumir un gran protagonismo en la elaboración de la Agenda Local 21.

Objetivos: Mejorar la eficacia de las políticas de conservación del medio ambiente. Provocar cambios sustanciales en las tendencias y prácticas ambientales, haciendo partícipes a todos los sectores de la sociedad y compartiendo plenamente las responsabilidades.

Agentes implicados: Diputación Provincial. Consejería de Medio Ambiente. Ayuntamientos. Asociaciones para el Desarrollo Rural.

Prioridad: Alta.

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