Durante los dos cursos académicos siguientes a la extinción de un curso el estudiante con asignaturas pendientes tendrá la posibilidad de matricularse de las mismas y contará con cuatro convocatorias de examen para aprobarlas. Dos convocatorias por curso. Transcurridos esos dos cursos ya no será posible matricularse de tales asignaturas. Las fechas de los exámenes los establecerá el Centro en las convocatorias correspondientes y el Departamento responsable de la docencia establecerá los contenidos teóricos y prácticos de los que deberá examinarse el estudiante; así como atender en tutorías las dudas que se le puedan plantear. Los programas y guías docentes de tales asignaturas serán los correspondientes al último curso antes de su extinción y los profesores que las impartieron en dicho curso (o profesores que les sustituyan) serán los encargados de examinar.