En el curso académico 2010-2011 todos los primeros cursos de
las titulaciones universitarias corresponderán a títulos de Grado y los
procesos de admisión a las universidades públicas estarán regulados por
el Real Decreto 1892/2008. Así, de acuerdo con lo establecido en su
artículo 26, quienes estén en posesión de un título de Formación
Profesional de Grado Superior, podrán acceder, sin necesidad de prueba,
a cualquier enseñanza universitaria oficial de Grado. No obstante, a
efectos de ordenar, cuando ello sea necesario, las correspondientes
solicitudes, se establecerá un acceso preferente mediante la
adscripción de las Familias Profesionales a las Ramas de Conocimiento,
recogida en el Anexo II del referido Real Decreto.
Mientras dicho Real Decreto esté en vigor, así es como será el acceso desde los ciclos formativos de grado superior.