La Disposición adicional cuarta del Real Decreto 1393/2007 establece que los titulos universitarios oficiales obtenidos conforme a planes de estudios anteriores mantendrán todos sus derechos a efectos académicos y profesionales. No obstante, dichos titulados podrán solicitar el reconocimiento de sus estudios en el nuevo Grado según lo establecido por cada universidad y lo estipulado en el Artículo 13 de dicho real decreto toda vez que todos los cursos del nuevo plan de estudios estén implantados.
Quiere esto decir que los que los estudiantes que finalicen sus estudios el próximo curso serán titulados conforme al sistema actual con todos los derechos académicos y profesionales que sus títulos le otorguen. No tendrán que seguir estudiando más tiempo para obtener dicho título. Una vez que el nuevo Grado esté completamente implantados, tales titulados podrán solicitar el reconocimiento de su titulación en el nuevo Grado como se indica anteriormente. Que el reconocimiento sea automático o esté condicionado a determinados
complementos formativos dependerá de los establecido por las
universidades en cuanto a adaptación/convalidaciones y a la
acreditación de experiencia profesional.