Al terminar los estudios actuales de Ingeniería Técnica o de Ingeniería superior el título que se obtiene es el de Ingeniero Técnico o Ingeniero, respectivamente. Los derechos académicos y profesionales de tales titulados se mantienen según los estipulado en la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 1393/2007.
No obstante, una vez se hayan implantado en la totalidad los nuevos títulos de Grado en Ingeniería o Máster en Ingeniería, los titulados anteriores podrán solicitar el reconocimiento de sus estudios de Ingeniería Técnica o Ingeniería en los nuevos títulos, teniendo en cuenta que las Ingenierías técnicas se convertirán en títulos de Grado y las Ingenierías (superiores) serán títulos de Máster.