¿Los alumnos/as extranjeros/as pueden optar a beca?

  • 1.6.1. Los Extranjeros no comunitarios para poder optar a beca deben tener la condición de residentes en España, de acuerdo con lo establecido en la ley 4/2000 de 11 de enero sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en la nueva redacción dada por la ley Orgánica 8/2000 de 22 de diciembre.
  • 1.6.1.1. La situación de estancia no da derecho en ningún caso a beca en estudios universitarios.
  • 1.6.1.2. La situación de residente debe acreditarse con la presentación del Número de Identificación de Extranjeros del solicitante y de todos los miembros de la unidad familiar residentes en España.
  • 1.6.2. Extranjeros comunitarios, podrán optar a beca, siempre que el estudiante o sus sustentadores se encuentren trabajando en España.
    A todos los alumnos/as extranjeros/as les serán de aplicación para obtener beca los mismos requisitos, tanto académicos como económicos, que a los alumnos/as españoles