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Información general |
El Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario, modificado por Real Decreto 74/2000, de 21 de enero y 1325/2002, de 13 de diciembre, establece que los funcionarios/as de carrera de Cuerpos Docentes universitarios que presten servicio en las Universidades en régimen de dedicación a tiempo completo serán retribuidos por el complemento de productividad (sexenios).
- CONVOCATORIA. Resolución de 11 de diciembre de 2025, de la Secretaría General de Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de evaluación de la actividad investigadora (BOE de 19 de diciembre de 2025).
- CRITERIOS. Los criterios específicos de evaluación, aprobados por la Resolución de 10 de diciembre de 2025, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación (BOE de 19 de diciembre de 2025).
- Plazo de presentación de solicitudes del 9 al 30 de enero de 2026.
El profesorado funcionario de los Cuerpos Docentes Universitarios podrá someter la actividad investigadora realizada durante seis años a evaluación ante la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI).
Por cada período investigador de seis años evaluado favorablemente se adquirirá y consolidará un complemento de productividad, conocido como "tramo de investigación" o "sexenio", con una cuantía anual que dependerá del cuerpo docente al que pertenezca en el momento de su evaluación.
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Requisitos para la evaluación |
Ser funcionario/a de carrera de los cuerpos docentes universitarios en la UJA y contar con un período de seis años de actividad investigadora susceptible de ser evaluado.
Las personas que accedan a los cuerpos docentes universitarios de la UJA podrán solicitar a la CNEAI la convalidación de las evaluaciones positivas de aquellos tramos de actividad investigadora que les hubieran sido reconocidos en las categorías de PDI en régimen laboral.
El plazo de presentación de estas solicitudes de convalidación será el mismo que el de la convocatoria general.
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Solicitud y presentación de solicitudes |
El plazo de solicitud de evaluación y/o convalidación es del 9 al 30 de enero de 2026.
Solicitudes de evaluación
La CNEAI dispone de una página informativa sobre la convocatoria, presentación de solicitudes, criterios de evaluación y preguntas frecuentes:
Para acceder directamente a la presentación de la solicitud:
Solicitudes de convalidación
La CNEAI ha dispuesto una página web para que las personas interesadas de los cuerpos docentes universitarios, soliciten la convalidación de las evaluaciones positivas de aquellos tramos de actividad investigadora que les hubieran sido reconocidos antes de haber accedido a los cuerpos docentes universitarios, cuando dicho reconocimiento se hubiera producido siguiendo un procedimiento de evaluación en el que haya intervenido la propia CNEAI.
- Los formularios para solicitar la convalidación están disponibles a través del siguiente enlace: https://aneca.sede.gob.es/.
- Documentación necesaria
- Hoja de Servicios
- Resolución, o resoluciones, por las que reconocen los tramos de investigación que se pretendan convalidar.
- Documentación necesaria
Igualmente el plazo será del 9 al 30 de enero de 2026.
Presentación de solicitudes
La persona interesada deberá presentar su solicitud exclusivamente a través de registro telemático.
Petición de la hoja de servicios
La Hoja de Servicios la obtendrá de forma automática siguiendo las indicaciones del siguiente sitio web:
Esta hoja de servicios contemplará todos los servicios prestados como docente y/o investigador en la Universidad. Los periodos de beca para los que se vaya a solicitar la evaluación de la investigación no figurarán en la hoja de servicios, por lo que deben justificarse con la documentación adecuada que aparezca en las bases de la convocatoria.
Los efectos económicos y administrativos que se deriven de las evaluaciones favorables, se iniciarán el 1 de enero de 2026 .
En ningún caso, la cuantía del complemento de productividad, podrá exceder del resultado de superar favorablemente seis evaluaciones.
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Notas de Interés |
- El número máximo de evaluaciones positivas es de seis.
- La evaluación solo podrá ser objeto de dos calificaciones, favorable o no favorable.
- La evaluación positiva comportará la asignación de un complemento de productividad cuya cuantía se actualizará cada año de acuerdo con las previsiones contempladas en los Presupuestos Generales del Estado.
- La evaluación o convalidación se realizará en el Cuerpo Docente Universitario en el que se encuentre la persona interesada a 31 de diciembre.
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Datos de contacto y ayuda del trámite |
- Para las consultas relacionadas con esta convocatoria y con la aplicación informática, se realizarán a través de ANECA Responde, en la siguiente página web: