Convocatoria de ayudas para el fomento de la cultura científica y de la innovación de la Fundación Española para la Ciencia y Tecnología (FECYT) 2026

01/07/2026

La Convocatoria de ayudas de Cultura Científica y de la Innovación de FECYT 2026 busca apoyar con hasta 100.000 euros proyectos que incrementen la presencia activa de la ciencia, la tecnología y la innovación en el día a día de la sociedad.

OBJETIVOS DE LA CONVOCATORIA

El objetivo general que se persigue con la financiación de las actuaciones objeto de estas ayudas es incrementar la presencia activa de la ciencia en el día de a día de la sociedad, fomentando su interés por el proceso científico y sus resultados, mejorando su educación científico-técnica e impulsando su participación en actividades de comunicación social de la ciencia.

Como objetivos específicos, con la financiación de las actuaciones se podrá contribuir a:

a) Colaborar en la profesionalización de la divulgación científica.

b) Reducir las barreras existentes en el acceso a la cultura científica y de la innovación, promoviendo una comunicación social de la ciencia más inclusiva y participativa.

c) Estimular el diálogo entre la ciencia y cualquier otro ámbito cultural, artístico y social.

d) Integrar a la sociedad en los debates del sistema científico y desarrollar herramientas que faciliten su adaptación a los nuevos contextos y retos sociales.

e) Acortar las distancias entre los diversos ámbitos del saber y formas de generar conocimiento.

f) Potenciar el uso del español y las lenguas cooficiales como lenguas de comunicación científica.

TIPOS DE PROYECTOS

Los tipos de proyectos que se pueden financiar son proyectos de comunicación social de la ciencia, la tecnología y la innovación, de cualquier temática, y dirigidos a cualquier segmento de la población. Además, en esta convocatoria tienen su lugar específico los siguientes tipos de proyectos:

- Programas anuales de actividades de Unidades de Cultura Científica y de la Innovación (UCC+I).

- Ferias de la ciencia, en las que jóvenes estudiantes no universitarios con la ayuda de su profesorado exponen proyectos experimentales llevados a cabo en los centros escolares.

- Ciencia Ciudadana, entendida como cualquier actividad que involucra al público en la investigación científica.

- Arte, Ciencia, Tecnología y Sociedad, para proyectos que planteen sinergias y generen espacios de conocimiento compuesto entre estos ámbitos.

- Trío de Eclipses, para la financiación de proyectos relacionados con el acontecimiento único de los tres eclipses solares consecutivos que tienen lugar en España hasta 2028.

ENTIDADES BENEFICIARIAS

1. Podrán tener la condición de beneficiarias de las ayudas objeto de esta convocatoria, en los términos y condiciones establecidas en las bases reguladoras, las siguientes entidades con personalidad jurídica propia, siempre que estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o establecimiento permanente en España:

a. Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

b. Universidades públicas, sus Institutos universitarios, y las Universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+I, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

c. Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.

d. Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 279/2016, de 24 de junio, sobre acreditación de institutos de investigación biomédica o sanitaria, y normas complementarias.

e. Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el Registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los centros tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales centros.

f. Centros públicos de I+D que en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social tengan a la I+D+I como actividad principal.

g. Centros públicos de I+D que realicen transferencia tecnológica o difusión y divulgación tecnológica y científica. Estas funciones deberán estar definidas en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social.

h. Centros privados de I+D que tengan definida en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social a la I+D+I como actividad principal.

i. Centros privados de I+D que realicen transferencia tecnológica o difusión y divulgación tecnológica y científica. Estas funciones deberán estar definidas en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social.

j. Cualesquiera otras personas jurídicas, públicas o privadas, mercantiles o sin ánimo de lucro, que realicen actividades de I+D+I, o generen conocimiento científico o tecnológico, o faciliten su aplicación y transferencia, o contribuyan a la educación, difusión y divulgación científicas.

PUNTOS CLAVE

Financiación de hasta el 70% del coste del proyecto.

Anticipo del 60% de la cantidad financiada.

Ejecución a partir del 1 de julio de 2027.

El periodo de presentación de solicitudes es desde el 1 de julio de 2026 a las 00:00 h (hora peninsular española) hasta el 16 de septiembre de 2026 a las 13:00 h (hora peninsular española).

FECYT organizará dos sesiones informativas, en formato de videoconferencia, los días 14 y 15 de julio de 2026 con el objetivo de presentar los puntos más importantes de esta edición de la convocatoria y resolver dudas acerca la presentación de las propuestas. Es necesario registrarse previamente en https://info.convocatoria.fecyt.es/infodays.

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