Equipos a Presión

Programación para el mantenimiento de los equipos a presión de la UJA

El Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Equipos a Presión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias, define un equipo a presión como todo elemento sometido a una presión máxima admisible superior a 0,5 BAR. Es decir, cualquier depósito, tubería, caldera o similar que se encuentre diseñado para soportar 0,5 BAR de presión es un equipo a presión.

Estos elementos están sometidos a unas revisiones periódicas, según su categoría, que se estructuran en 3 Niveles (A, B y C).

  • Nivel A: Inspección en servicio. Consistirá, al menos, en una comprobación de la documentación de los equipos a presión y en una completa inspección visual de todas las partes sometidas a presión, accesorios de seguridad, dispositivos de control y condiciones reglamentarias, no siendo necesario retirar el calorifugado de los equipos. Las inspecciones de nivel A serán realizadas por empresas instaladoras de equipos a presión de la categoría correspondiente a la instalación o el fabricante o el usuario, si acreditan disponer de los medios técnicos y humanos que se determinan en el anexo I para las empresas instaladoras, no siendo necesario poner fuera de servicio el equipo o instalación a inspeccionar
  • Nivel B: Inspección fuera de servicio. Consistirá, como mínimo, en una comprobación de nivel A y en una inspección visual de todas las zonas sometidas a mayores esfuerzos y a mayor corrosión, comprobación de espesores, comprobación y prueba de los accesorios de seguridad y aquellos ensayos no destructivos que se consideren necesarios. Las inspecciones de nivel B serán realizadas por los organismos de control autorizados, debiendo ponerse fuera de servicio el equipo a presión o instalación a inspeccionar
  • Nivel C: Inspección fuera de servicio con prueba de presión. Consistirá, como mínimo, en una inspección de nivel B además de una prueba de presión hidrostática, en las condiciones y presiones iguales a las de la primera prueba, o la indicada en el etiquetado expresado en el apartado 3.3 del anexo I del Real Decreto 769/1999, de 7 de mayo, o cualquier prueba especial sustitutiva de ésta que haya sido expresamente indicada por el fabricante en sus instrucciones o previamente autorizada por el órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente al emplazamiento del equipo o instalación.

El inventario de equipos a presión de la UJA cuyo mantenimiento gestiona la Unidad Técnica se compone de un total de 28 equipos, de los cuales 2 deberán ser inspeccionados en 2020