Permiso de trabajo

Los investigadores que no procedan de uno de los países de la UE deberán obtener un permiso de trabajo para poder ser contratados por la Universidad de Jaén. La información relativa a cómo obtener dicho permiso puede ser proporcionada por la Embajada de España en el país de origen del solicitante (El listado de Embajadas/Consulados de España en todo el mundo está disponible en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación). En el caso de excepción de autorización de trabajo, el investigador podrá también obtener asesoramiento en dicha Embajada/Consulado de España en su país de origen sobre este asunto antes de iniciar el viaje.

Cabe destacar la existencia de la denominada Tarjeta Azul UE, la cual está destinada a trabajadores altamente cualificados que deseen trabajar en un país de la UE como es el caso de España:

¿Qué es una tarjeta azul UE?

La tarjeta azul UE da a los trabajadores altamente cualificados procedentes de fuera de la UE derecho de residir y trabajar en un país de la UE, a condición de que realmente tengan cualificaciones profesionales altar, como un título universitario, y un contrato de trabajo o una oferta de empleo firme con un salario que sea elevado en comaparación con la media del país de la UE de que se trate.

La tarjeta azul UE tieen una validez en 25 de los 27 países de la UE. No la tiene en Dinamarca e Irlanda.

Además, existe otra opción para trabajar en la UE que se llama el Visado Cienfítico, el cual posibilita a los invetigadores el poder entrar, permanecer y trabajar en uno de los Estados Miembros de la UE para llevar a cabo su investigación.

Permiso de trabajoPor lo que respecta a esta y a otras cuestiones laborales, se recomienda encarecidamente visitar el Portal de Inmigración de la UE, el cual ofrece información de carácter práctico sobre las opciones para trabajar o estudiar en la UE durante más de 90 días (y que la familia también pueda unirse). Este portal también ofrece información sobre estancias de hasta 90 días en España.

La libertad de venir a trabajar a España sin necesidad de permiso de trabajo es un derecho del que gozan todos los ciudadanos de la UE procedentes del resto de países: Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Chipre, Chequia, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovaquia y Suecia. Los nacionales de Islanda, Liechtenstein y Noruega pueden trabajar eN España en igualdad de condiciones que los nacionales de la UE (aunque estos países no formen parte) dado que pertenecen al Espacio Económico Europeo. Además, los ciudadanos suizos pueden residir y trabajar en la UE en el marco del Acuerdo entre la UE y Suiza sobre la libre circulación de personas, como se describe en la página web de la Comisión Europea sobre Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión.