Balance del trabajo de la JPDI-20 abril 2022

29/07/2022

20 abril 2022

Estimados compañeros y estimadas compañeras,

Desde la Junta de PDI de la Universidad de Jaén queremos informaros de las últimas negociaciones que se han llevado a cabo con el Vicerrectorado de Profesorado y Ordenación Académica sobre el “Reglamento del proceso de recogida, análisis y difusión de las encuestas de labor docente de la Universidad de Jaén”, el “Manual de evaluación de la actividad docente del profesorado de la Universidad de Jaén DOCENTIA-UJA” (ambos aprobados en sesión ordinaria del de 4 abril del Consejo de Gobierno), los “Criterios Generales del Plan de Organización Docente para el curso 2022-2023” y el “Plan de Dedicación Académica para el curso 2022-2023” (aprobados en sesión ordinaria del 24 de marzo del Consejo de Gobierno).

En primer lugar, reconocemos la dedicación y el esfuerzo por parte del Vicerrectorado para que todas estas normas se pudieran aprobar en tiempo y forma. Aun así, creemos que el proceso de negociación se ha visto seriamente afectado por los plazos tan ajustados de tiempo de los que se ha dispuesto. Agradecemos al Vicerrectorado, no obstante, que se hayan atendido algunas de las demandas que desde este órgano de representación se le plantearon. En el caso concreto del PAD, se eliminó el coeficiente corrector para guías académicas y tutorías que proponía el Vicerrectorado y se aceptó que los proyectos FEDER de investigación se reconozcan en dicho plan tras haber sido eliminados por el Vicerrectorado de las Minoraciones del POD.

A pesar de que las negociaciones fueron fluidas en lo que respecta al PAD y al POD, no podemos decir lo mismo en lo que concierne al “Reglamento sobre las encuestas de la labor docente”. Entendemos que, según los artículos 94 y 95 de los Estatutos de la Universidad de Jaén, no es deber del PDI participar activamente ni promover la participación del alumnado en el proceso de recogida de datos para las encuestas. De ahí que se le planteara al Vicerrectorado que las claves para éstas fueran por defecto remitidas al estudiantado por el órgano competente, a no ser que el profesorado, previa solicitud en tiempo y forma, pidiese personalmente participar en la recogida de datos facilitando las claves a sus estudiantes. A diferencia del modelo que ahora tenemos, con este procedimiento que propusimos al Vicerrectorado solo el PDI que así lo solicitase estaría implicado activamente en el proceso de recogida de encuestas. Finalmente, este planteamiento no convenció al Vicerrectorado, ya que en el Reglamento recientemente aprobado se le da al sistema auto-gestionado igual importancia que al sistema controlado por la Universidad. Es por esto por lo que seguiremos defendiendo un procedimiento que sea homogéneo y objetivo y que respete en todo momento los derechos del PDI de nuestra institución.

Por otra parte, expusimos ante el Vicerrectorado que la encuesta de opinión sobre la labor docente (anexada al Manual Docentia-UJA) no ha sido negociada con los órganos de representación, ya que se aprobó en Consejo de Gobierno de 21 de diciembre de 2021, cuando tanto el Comité de Empresa como la Junta de PDI estaban aún sin constituir tras el proceso electoral del 1 de diciembre. En este sentido, apelaremos asimismo al Vicerrectorado de Coordinación y Calidad de las Enseñanzas a abordar las negociaciones oportunas en este particular.

Por todo lo expuesto, seguiremos trabajando para que estos Reglamentos sigan siendo objeto de un proceso de negociación más amplio y meditado. En este sentido, agradecemos al Vicerrectorado de Profesorado y Ordenación Académica haber accedido a constituir una comisión de trabajo que esté integrada, entre otros, por miembros de los órganos de representación y cuya finalidad consista en estudiar todas estas cuestiones. En cualquier caso, continuaremos apremiando al Vicerrectorado a seguir contando con los órganos de representación del PDI para el diseño y puesta en marcha de las futuras herramientas que puedan mejorar el procedimiento de recogida de datos descrito en el Reglamento sobre las encuestas.

Sin otro particular, recibid un cordial saludo.

NOTA:

Artículo 94 c) Conocer el procedimiento de evaluación de su actividad y el desarrollo de las evaluaciones que le afecten, así como obtener certificación de los mismos a los efectos que procedan.

Artículo 95 a) Cumplir fielmente sus obligaciones docentes, investigadoras o de otra índole, con el alcance y dedicación que se establezcan para cada categoría, manteniendo actualizados sus conocimientos y de acuerdo con las normas deontológicas y éticas que correspondan.

b) Someterse a los procedimientos y sistemas de evaluación de su rendimiento que se establezcan por el Consejo de Gobierno y dar cuenta anualmente de sus actividades docentes e investigadoras al Departamento, Instituto Universitario de Investigación u otro Centro al que esté adscrito.

c) Participar en las actividades que organice la Universidad, colaborar con los órganos universitarios en el ejercicio de sus funciones y ejercer responsablemente los cargos para los que haya sido elegido o designado.