15.2. ¿Cómo pueden efectuarse dichos pagos? ¿Cómo se tramitan?

Los pagos que se realicen a terceros de otros países por la adquisición de bienes o servicios, se realizarán a través de transferencia bancaria u excepcionalmente por talón nominativo, en ambos casos, distinguiremos si el pago se realiza a países pertenecientes a la Unión Europea o al resto de países.

Transferencia bancaria, se tramitará a través del formulario "Solicitud Transferencia al Extranjero". El usuario deberá cumplimentar los siguientes apartados: Importe (indicando el tipo de moneda), Entidad Bancaria, Beneficiario, Código IBAN (Código internacional del banco–sólo en la Unión Europea-) más la cuenta corriente, Código SWIFT/BIC/SORT CODE, concepto (pago factura nº.., inscripción profesor…, etc.).

Talón nominativo, se tramitará a través del formulario "Petición de Cheque al Extranjero", en el que se indicará: el Importe (indicando el tipo de moneda), Beneficiario, País y Concepto.

Se tramitará a través de la Unidad Administrativa de Compras, quien cumplimentará el correspondiente expediente de retención de crédito en Universitas XXI-Económico, teniendo en cuenta las comisiones bancarias.

Si el pago lo realizamos a países de la Unión Europea, con carácter general las facturas emitidas por dichos países no deben incluir I.V.A, no obstante el I.V.A. a pagar por la Universidad de Jaén, será igualmente soportado por el Centro de Gasto que genere el gasto (salvo para el caso de que dicho I.V.A. sea deducible).

Si la moneda de pago es el EURO, el expediente de Universitas XXI-Económico se cumplimentará por el importe que indique la factura o el documento justificativo, al que habrá que añadirle el porcentaje de I.V.A. que corresponda según la naturaleza del bien que se compra, así como, los gastos bancarios de tramitación.

Si la factura correspondiese a países de la Unión Europea que no tengan el Euro como moneda oficial, habrá que tener en cuenta, igualmente en el expediente, el importe del I.V.A. que corresponda.

Para dar cumplimiento a las obligaciones que la Universidad de Jaén tiene con la Agencia Tributaria, en el caso de adquisición de bienes procedentes de países de la Unión Europea deberán indicarse la clase de bien de que se trate el peso aproximado del mismo.

Pago al resto de países del mundo en cualquier moneda, el importe que se indique en el expediente de Universitas XXI-Económico, deberá ser lo más aproximado posible, teniendo en cuenta el valor al cambio de la moneda de que se trate. En estos pagos, habrá que tener en cuenta igualmente los gastos bancarios de tramitación y el impuesto correspondiente, en su caso.

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