4.2. Cálculo de la MANUTENCIÓN en una Justificación de Gastos Realizados en una Comisión de Servicio en el Extranjero

En referencia a las dietas en territorio extranjero, la Orden de 11 de julio de 2006 de la Consejería de Economía y Hacienda, de la Junta de Andalucía establece que "los importes correspondientes a manutención completa sin pernoctar y a media manutención en territorio extranjero serán los establecidos para dichos conceptos en territorio nacional".

En vista de lo anteriormente expuesto y al objeto de clarificar su aplicación en la Universidad de Jaén, ésta normativa se deberá aplicar en las Comisiones de Servicio, quedando resumida de la siguiente manera:

1.- En territorio extranjero sólo se considera la manutención completa pernoctando (no existe media manutención, ni manutención sin pernocta). Este es el motivo por el que se establece un único importe por país.

2.- Día de ida: salvo que se produzca la salida de España antes de las 15 horas (manutención pernoctando en el país extranjero, en este caso), los importes a aplicar serán los de territorio nacional (manutención pernoctando o media manutención, dependiendo de si la hora de salida del domicilio es antes o después de las 15 horas).

A estos efectos, se entenderá salida de España el momento en que se pase la frontera o se salga del último puerto o aeropuerto nacional.

3.- Día de vuelta: se considerará siempre manutención en España (entera sin pernocta o media, según corresponda).

REALIZADAS EN EL MISMO DÍA
SALIDA DEL TERRITORIO NACIONALREGRESOMANUTENCIÓN
Después de las 15hAntes de las 22hNinguna
Después de las 15hDespués de las 22hMedia Territorio Nacional
Antes de las 15hDespues de las 15 / Antes de laas 22hManutención sin pernocta T. Nacional
REALIZADAS EN DISTINTOS DIAS
DIAHORARIOMANUTENCIÓN
Salida del Territorio Nacional Antes de las 15hManutención con Pernocta T. Extranjero
Salida del Territorio NacionalDespués de las 15h (*)Media Territorio Nacional
Salida del Territorio NacionalDespués de las 22hNinguna

(*) Si la salida de origen la realiza antes de las 15h y del territorio nacional después de las 15h le corresponde una con pernocta territorio nacional.

(*) Si la salida de origen y del territorio nacional se realiza después de las 15h le correspondería media territorio nacional.

Intermedio entre salida T. Extranjero y Entrada en el T. NacionalManutención sin Pernocta T. Nacional
De RegresoDepués de las 22hManutención sin Pernocta T. Nacional
De RegresoDespués de las 15h y antes de las 22hMedia Territorio Nacional
De RegresoAntes de las 15hNinguna

Las cuantías que serán objeto de aplicación en concepto de manutención en el extranjero, son las siguientes:

PAÍS

POR MANUTENCIÓN PERNOCTANDO

PAÍS

POR MANUTENCIÓN PERNOCTANDO

Alemania

63,63€

Kenia

42,42€

Andorra

40,49€

Kuwait

47,56€

Angola

63,63€

Líbano

37,28€

Arabia Saudita

57,84€

Libia

58,49€

Argelia

47,56€

Luxemburgo

59,77€

Argentina

59,13€

Malasia

36,64€

Australia

54,64€

Malta

34,06€

Austria

62,99€

Marruecos

42,42€

Bélgica

88,7€

Mauritania

41,78€

Bolivia

39,2€

México

46,27€

Bosnia - Herzegovina

53,34€

Mozambique

45,63€

Brasil

84,84€

Nicaragua

56,56€

Bulgaria

40,49€

Nigeria

50,13€

Camerún

52,06€

Noruega

86,13€

Canadá

55,28€

Nueva Zelanda

43,06€

Chile

53,99€

Países Bajos

68,77€

China

49,49€

Pakistán

39,85€

Colombia

83,55€

Panamá

39,2€

Corea

59,13€

Paraguay

35,35€

Costa de Marfil

52,7€

Perú

46,27€

Costa Rica

47,56€

Polonia

45,63€

Croacia

53,34€

Portugal

46,91€

Cuba

35,35€

Reino Unido

88,70€

Dinamarca

69,41€

República Checa

46,27€

Ecuador

46,27€

República Dominicana

39,2€

Egipto

41,78€

Rumania

41,13€

El Salvador

46,27€

Rusia

78,41€

Emiratos Árabes U.

60,42€

Senegal

48,21€

Eslovaquia

46,27€

Singapur

51,42€

Estados Unidos

74,56€

Siria

49,49€

Etiopía

40,49€

Sudáfrica

51,42€

Filipinas

42,42€

Suecia

80,34€

Finlandia

70,06€

Suiza

65,55€

Francia

70,06€

Tailandia

41,78€

Gabón

56,56€

Taiwán

52,06€

Ghana

39,85€

Tanzania

32,14€

Grecia

41,78€

Túnez

49,49€

Guatemala

45,63€

Turquía

41,78€

Guinea Ecuatorial

53,99€

Uruguay

44,35€

Haití

40,49€

Venezuela

38,56€

Honduras

44,99€

Yemen

46,27€

Hong Kong S.A.R.

55,28€

Zaire/Congo

57,84€

Hungría

49,49€

Zimbabwe

41,78€

India

41,13€

Resto del mundo

43,71€

Indonesia

45,63€

Irak

41,78€

Irán

47,56€

Irlanda

51,42€

Israel

60,42€

Italia

67,49€

Jamaica

49,49€

Japón

103,48€

Jordania

45,63€

En la cumplimentación de la liquidación, se deberán indicar en el formulario para la ida, la hora de salida desde el origen (Jaén o Linares) y la hora de salida del territorio nacional, así como para la vuelta, la hora de salida del territorio extranjero y la de llegada al origen (Jaén o Linares).

No se podrán abonar importes superiores a los legalmente establecidos por estos conceptos, de acuerdo con lo establecido en la legislación de la Junta de Andalucía.

La cantidad a indemnizar en concepto de manutención será el importe que se justifique, con el límite máximo establecido para cada país en que se clasifican las referidas indemnizaciones.

Se entenderá que el comisionado renuncia a todos aquellos conceptos de los que debiéndose aportar, no se acompaña la correspondiente documentación justificativa.

Si se aporta la justificación de la entidad financiera de la compra de las divisas, se aplicará el tipo de cambio que figure en el mismo, en su defecto se le aplicará el establecido en la fecha que se realiza el gasto.

Los gastos realizados por el personal propio o ajeno nombrado a tal efecto en el concepto de manutención se imputarán a los subconceptos presupuestarios:

Con cargo al capítulo 2, Concepto 230: Dietas, a las siguientes partidas:

Personal Docente e Investigador Funcionario de la Universidad de Jaén.

230.00.00: Gastos manutención sin pernocta España.

230.00.01: Gastos manutención con pernocta España.

230.00.02: Gastos manutención pernocta extranjero.

Personal Docente e Investigador Laboral de la Universidad de Jaén.

230.01.00: Gastos manutención sin pernocta España.

230.01.01: Gastos manutención con pernocta España.

230.01.02: Gastos manutención pernocta extranjero.

Personal de Administración y Servicios Universidad de Jaén.

230.02.00: Gastos manutención sin pernocta España.

230.02.01: Gastos manutención con pernocta España.

230.02.02: Gastos manutención pernocta extranjero.

Otros Sectores o Personal Externo.

230.03.00: Gastos manutención sin pernocta España.

230.03.01: Gastos manutención con pernocta España.

230.03.02: Gastos manutención pernocta extranjero de otros.

Cargo al capítulo 6 (proyectos, grupos, contratos, ayudas a la investigación, y subvenciones específicas), dentro del concepto 640, 641, 642, 644, 645 y cuya terminación del subconcepto y partida presupuestaria acabe en:

Personal Docente e Investigador Funcionario de la Universidad de Jaén:

.22- Gastos manutención sin pernocta España.

.23- Gastos manutención pernocta España.

.24- Gastos manutención pernocta extranjero.

Personal Docente e Investigador Laboral de la Universidad de Jaén:

.32- Gastos manutención sin pernocta España.

.33- Gastos manutención pernocta España.

.34- Gastos manutención pernocta extranjero.

Personal Colaborador. Régimen Becario:

.42- Gastos manutención sin pernocta España.

.43- Gasto manutención pernocta España.

.44- Gastos manutención pernocta extranjero.

Personal Colaborador. Régimen Contrato Laboral:

.52- Gastos manutención sin pernocta España.

.53- Gastos manutención pernocta España.

.54- Gastos manutención pernocta extranjero.

Personal de Administración y Servicios Universidad de Jaén :

.62- Gastos manutención sin pernocta España.

.63- Gastos manutención pernocta España.

.64- Gastos manutención pernocta extranjero.

Personal Externo a la Universidad de Jaén

.70 Dietas y Locomoción.

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