11.3. Las Retribuciones de Personal propio y ajeno que se tramiten con cargo a Proyectos, Grupos de Investigación y Ayudas a la investigación, ¿Dónde se remitirán? ¿Y los Contratos y Subvenciones Específicas? ¿Dónde se imputarían?

1.- Los Proyectos, Grupos de Investigación y Ayudas a la Investigación se remitirán al Servicio de Investigación para su comprobación y Visto Bueno si procede, posteriormente se remitirán al Área Económica-Patrimonial para el personal ajeno y al Servicio de Control Interno para el personal propio.

En el concepto del pago es importante indicar el período a que corresponde y el motivo. Se imputarán a los subconceptos o partidas presupuestarias según proceda, siendo estas las siguientes:

Concepto 640: Proyectos de Investigación

640.10: Retribución Personal Docente e Investigador Funcionario de la Universidad de Jaén.

640.11: Retribución Personal Docente e Investigador Laboral de la Universidad de Jaén.

640.12: Retribución Personal Colaborador en Rég. Beca.

640.13: Retribución Personal Colaborador en Rég. Contrato Laboral.

640.14: Retribución Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Jáen.

640.15: Retribución Personal Externo a la Universidad de Jaén.

Concepto 641: Grupos de Investigación.

641.12: Retribución Personal Colaborador en Rég. Beca.

641.13: Retribución Personal Colaborador en Rég. Contrato Laboral.

641.15: Retribución Personal Externo a la Universidad de Jaén.

Concepto 644: Ayudas a la investigación.

644.10: Retribución Personal Docente e Investigador Funcionario de la Universidad de Jaén.

644.11: Retribución Personal Docente e Investigador Laboral de la Universidad de Jaén.

644.12: Retribución Personal Colaborador en Rég. Beca.

644.13: Retribución Personal Colaborador en Rég. Contrato Laboral.

644.14: Retribución Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Jaén.

644.15: Retribución Personal Externo a la Uiversidad de Jaén.

Las Retribuciones en ningún caso deben ir al subconcepto ó partida cuya terminación acabe en .99 “Otros”, salvo los pagos por Ayudas para alumnos/as de la Universidad que realicen prácticas externas extracurriculares (Ícaro) y los/as Becarios/as en Formación, para el resto se deberá tener en cuenta lo indicado anteriormente.

2.- Los Contratos (Art. 83 Ley orgánica de Universidades), Subvenciones Específicas se remitirán al Área Económica-Patrimonial (personal ajeno) o al Servicio de Control Interno (personal propio) para su fiscalización (no se requiere el Visto Bueno del Servicio de Investigación).

En el concepto del pago es importante indicar el período a que corresponde y el motivo. Se imputarán a los subconceptos presupuestarios siguientes:

Concepto 642: Contratos (Art. 83 Ley orgánica de Universidades).

642.10: Retribución Personal Docente e Investigador Funcionario de la Universidad de Jaén.

642.11: Retribución Personal Docente e Investigación Laboral de la Universidad de Jaén.

642.12: Retribución Personal Colaborador en Rég. Beca.

642.13: Retribución Personal Colaborador en Rég. Contrato Laboral.

642.14: Retribución Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Jaén.

642.15: Retribución Personal Externo a la Universidad de Jaén.

Concepto 645: Subvenciones específicas.

645.10: Retribución Personal Docente e Investigador Funcionario de la Universidad de Jaén.

645.11: Retribución Personal Docente e Investigador Laboral de la Universidad de Jaén.

645.12: Retribución Personal Colaborador en Rég. Beca

645.13: Retribución Personal Colaborador en Rég. Contrato Laboral.

645.14: Retribución Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Jaén.

645.15: Retribución Personal Externo a la Universidad de Jaén.

Las Retribuciones en ningún caso deben ir al subconcepto 642.99 y 645.99, salvo los pagos por Ayudas para alumnos/as de la Universidad que realicen prácticas externas extracurriculares (Ícaro) y a los/as Becarios/as en Formación, para el resto se deberá tener en cuenta lo indicado anteriormente.

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