5.2. Un ciudadano Argentino es invitado por nuestra Universidad para participar en un proyecto de investigación ¿A la hora de calcularle la manutención qué cantidades debo aplicarle en dicho concepto?

Le aplicaríamos los importes correspondientes a dietas españolas, teniendo en cuenta que desde la salida del territorio extranjero a la entrada al territorio español se considera una sin pernocta territorio nacional, y resto de los días se le aplicará lo que proceda en el territorio nacional, dicha liquidación se le tramitará mediante el formulario Bolsa de Viaje. Si la permanencia es superior a un mes, se abonará las cantidades diarias por manutención sin pernocta.

Los gastos que se liquiden por manutención deberán estar justificados con factura, en su defecto se le aplicará el correspondiente descuento por IRPF (ver pregunta 5.1).


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