Los días de estancia que podrán liquidarse con cargo al presupuesto de la Universidad de Jaén para un miembro de un Tribunal de Concursos de acceso y/o adjudicación a plazas de Cuerpos Docentes Personal docente e investigador, dependerá del lugar de origen del miembro del Tribunal, siendo abonables la estancia del día de antes de la lectura del proyecto docente e investigador, el mismo día y posterior por incompatibilidad horaria con respecto a los medios de transporte público.
Los excesos derivados de días de estancia superiores a los normales, deberán ser soportados por aplicaciones presupuestarias propias del Departamento, previa justificación y autorización de la Gerencia.
El pago de las reservas de habitaciones dobles por un miembro del Tribunal, como consecuencia de venir éste acompañado, no será soportado por la Unidad de Gasto “Recursos Humanos: Tribunales”, siendo las cantidades facturadas por la prestación de este servicio, que excedan de los límites fijados para el mismo, y que no puedan ser justificadas, abonadas directamente por la persona que ha generado el referido gasto. El exceso podrá ser soportado por el Departamento cuando éste se justifique y lo autorice la Gerencia.
En ningún caso se podrá facturar por un lado la habitación individual y por otro la diferencia de una doble con cargo al Departamento.