5.0. ¿Cómo se gestionan los gastos de viaje del personal Ajeno a la Universidad? ¿Quienes pueden utilizar el formulario de Bolsas de Viaje?

Caben tres posibilidades en la tramitación de los gastos de viaje del personal ajeno a la Universidad de Jaén:

Primera, podrá ser la propia Universidad de Jaén quien realice (mediante el procedimiento habitual de gestión del gasto –pedido-) la reserva y el pago al proveedor de su alojamiento, locomoción y manutención. Se imputarán:

Con cargo al Capítulo 2:

- A la partida presupuestaria 226.06.06 “gastos de estancia y transporte de personal invitado”, para el personal ajeno que participe:

En la impartición de docencia/ponencia/conferencia en los Másteres Oficiales y en la formación permanente (títulos propios, actividades formativas específicas y cursos de verano) de la Universidad de Jaén.

En la impartición de ponencia/conferencia en cursos, jornadas, congresos, talleres, mesas redondas, participación en debates etc.

En los Tribunales y Tutorización de Trabajos Fin de Másteres Oficiales y propios de la Universidad de Jaén.

Asistencia del personal ajeno en representación e interés de la Universidad de Jaén a reuniones, conferencias y cursos organizados por otras instituciones.

- Subconcepto 226.99 “Otros”:

Para el resto de personal ajeno que realice alguna actividad no relacionada en el párrafo anterior.

Asistencia del alumnado en campeonatos.

Deportistas participen en campeonatos y viajen con cargo al presupuesto del Servicio de Actividades Físicas y Deportivas.

Para los desplazamientos realizados como consecuencia de las tareas realizadas en los Servicios/Unidades por los Becarios de formación de la Universidad de Jaén y por el Alumnado universitario que realicen prácticas académicas externas extracurriculares “ÍCARO”.

Con cargo al Capítulo 6:

- Concepto 640, 641, 642, 644, 645 (proyectos, grupos, contratos, ayudas a la investigación y subvenciones específicas), cuya terminación del subconcepto y partida presupuestaria acabe en:
.70 “Dietas y Locomoción personal externo a la Universidad de Jaén”.

Segunda, podrán abonársele dichos gastos mediante el formulario Bolsa de Viaje, haciendo constar en la liquidación de la misma, de forma detallada, un desglose de los distintos conceptos (alojamiento, locomoción y manutención) los cuales deberán estar justificados todos con factura. En el caso de no estar justificados, se le aplicará el correspondiente descuento de IRPF (ver pregunta 5.1), salvo aquellos que estén exentos de retención.

Tercera, en el caso que junto a una retribución de personal, además se quieran pagar gastos de viaje que lleven el descuento de IRPF, se seguirá aceptando que éstos se incluyan dentro de la propia retribución, debiéndose indicar en el concepto del pago un desglose de los distintos conceptos, imputándose a la misma partida presupuestaria de la retribución de personal.

La Unidad Administrativa de Compras una vez comprobada que la documentación a tramitar se ajuste a la normativa que le sea de aplicación, procederá a la apertura del expediente en el programa Universitas XXI-Económico, indicando el nº de expediente en el formulario y su posterior remisión al Área Económica Patrimonial para su tramitación.

¿Quiénes pueden utilizar el formulario de Bolsa de Viaje?

Se utilizará para abonar los gastos de viaje ocasionados por el personal ajeno de la Universidad de Jaén como son:

- Personal colaborador en proyectos, grupos, ayudas a la investigación, contratos y subvenciones específicas.

- Personal ajeno que asista en representación e interés de la Universidad de Jaén a reuniones, conferencias y cursos organizados por otras instituciones.

- Personal investigador de otras universidades o centros de investigación (nacionales o extranjeros). Acción 2-Plan de Apoyo a la Investigación 2017-2019.

- Personal ajeno que imparta docencia/ponencia/conferencia en los Másteres Oficiales y en la formación permanente (títulos propios, actividades formativas específicas y cursos de verano) de la Universidad de Jaén

- Personal que impartan ponencias/conferencias en cursos, jornadas, congresos, talleres, mesas redondas, participación en debates, etc.

- Personal ajeno que participen en los Tribunales y/o Evaluaciones de Trabajos Fin de Másteres Oficiales y de Títulos Propios de la Universidad de Jaén.

- Alumnos/as, salvo aquellos que participen en los órganos colegiados y en los procesos electorales de la Universidad de Jaén que le será de aplicación lo establecido para las indemnizaciones por razón del servicio que reglamentariamente les pudieran corresponder.

- Becarios de formación de la Universidad de Jaén en prácticas en Servicios y Unidades de la Universidad de Jaén, como consecuencia de las tareas realizadas.

- Alumnado universitario que realicen prácticas académicas externas extracurriculares “ÍCARO”, como consecuencia de las tareas realizadas.

- Alumnos/as con estancias de investigación en España.

- Deportistas que participen en campeonatos y viajen con cargo al presupuesto del Servicio de Actividades Físicas y Deportivas.

- Profesorado Emérito.

- Personal Docente e Investigación que estén en excedencia.

En general al personal externo de la Universidad de Jaén para la realización de actividades que se financien con cargo al presupuesto de ésta.