5.4 Un profesor de la Universidad de Almería, es invitado por la Universidad de Jaén para impartir varias conferencias en diferentes días en un Máster propio, ¿cómo se liquidarán los gatos de desplazamiento si presenta algunas facturas?

El Sr. X presenta las siguientes facturas a nombre del conferenciante:

- Alojamiento por importe de 100€.

- Manutención por importe de 30€.

- Combustible por importe de 65€.

- Peaje por importe de 12€.

- Parking por importe de 7€.

El Sr. X, al ser personal ajeno a la Universidad de Jaén se le liquidará los gastos del desplazamiento a través de una Bolsa de Viaje, siendo de aplicación los importes máximos establecidos para el Grupo 2 (IVA incluido), salvo que el Responsable del Centro de Gastos indique otro menor.

En este caso el Responsable indica que la liquidación se realice con los importes máximos establecidos en la norma, por lo que parte de los gastos no justificados mediante factura, va a suponer un mayor rendimiento del trabajo, estando sujeta al correspondiente descuento por IRPF.

Una vez dicho esto, al Sr. X le correspondería liquidar:

1.- Por Alojamiento: Al pernoctar una noche en un Hotel de Jaén, la cantidad a indemnizar será el importe que se justifique, con el límite máximo establecido en Normas Generales de Ejecución Presupuestaria de 84€ (IVA incluido), por noche.

- Aunque presenta factura por valor de 100€, sólo le liquidaremos la cantidad máxima establecida para el Grupo 2 de (84€) establecida por alojamiento para el Grupo 2, cantidad que no estará sujeta a retención.

No obstante podrá ser la propia Universidad de Jaén quien realice mediante pedido (procedimiento habitual de gestión del gasto) la reserva y el pago del alojamiento, emitiéndose factura a nombre de la Universidad de Jaén e imputándose el gasto al subconcepto 226.06.06 “gastos de estancia y transporte de personal invitado”, en el caso de que el importe de la factura supere los límites establecidos para dicho gasto, se requerirá la autorización expresa por parte de la Gerencia.

1.- Por manutención: al salir del lugar de origen a las 9 horas y realizar el regreso al día siguiente a las 22:30 horas, le corresponde:

-1 dieta con pernocta y 1 dieta sin pernocta= 39+26=65€.

Aporta factura por gasto de restauración por importe de 50€ (no sujeto a retención).

La diferencia entre el gasto justificado y lo que le correspondería por manutención asciende a 15€ (sujeto a retención).

2.- Por locomoción: Le corresponde por Kilometraje: 432 Km recorridos x 0,19€= 80,08€.

- Aporta factura de combustible por importe de 65€ (no sujeto a retención)

La diferencia entre el gasto justificado y sin justificación asciende a 15,08€ (sujeto a retención).

-Factura de peaje 12€ (no sujeto a retención).

-Factura parking 7€ (no sujeto a retención).

Total gastos de locomoción: - Con justificación = 65+12+7= 84,00€

- Sin justificación= 15,08€

Total= 99,08

Al ser el motivo del desplazamiento la impartición de una conferencia en un curso de experto, el tipo de retención por IRPF que debemos aplicar a los gastos no justificados será de un 15% (para las conferencias, cursos, seminarios y similares).

La liquidación quedaría:

Los gastos justificados en una Bolsa de Viaje se imputarán con cargo al Capítulo 2 a la partida presupuestaria 226.06.06 “gastos de estancia y transporte de personal invitado”.

El expediente generado (reserva de crédito) en el programa Universitas XXI-Económico: será por importe de 248,08€, indicándose en el mismo:

En la pestaña Expediente indicaremos:

- En “Descripción”: BV- Fecha del desplazamiento y motivo.

- En “Proveedor” el D.N.I o pasaporte del perceptor y en el caso de no estar dado de alta en el programa se deberá adjuntar una fotocopia del D.N.I. o pasaporte, así como, facilitar los datos bancarios (IBAN) a través de una declaración/comunicación debidamente firmada o cualquier otro documento que acredite la titularidad. Si el interesado cambia de domicilio o residencia fiscal deberá de cumplimentar en los formularios respectivos dichos datos.

- Tipo de pago: se tramitarán por Pago Directo “PD”.

En la pestaña “Datos presupuestarios”, indicaremos:

-En Aplicaciones”: se indicará la orgánica asignada al curso de experto, la funcional, económica y la cantidad íntegra resultante (“Importe total del expediente”). Ej. :X.XX.XXX-EPP-226.06.06 por importe de 248,08€.

-En “Descuentos”: (320001) “IRPF Acreedor”, se indicará la cantidad obtenida de aplicar el 15% por IRPF, al total de los gastos sin justificar (30,08 x 15%), siendo la cantidad resultante de 4,51€.

Una vez cumplimentado el formulario y realizada la reserva de crédito en el programa Universitas XXI-Económico, se remitirá al Área Económica Patrimonial para su tramitación.