Sobre Necesidades Específicas de Apoyo Educativo

La LOSU, la Ley Orgánica del Sistema Universitario, en el artículo 37.2 establece que “Las universidades favorecerán que las estructuras curriculares de las enseñanzas resulten inclusivas y accesibles. En particular adoptarán medidas de acción positiva para que el estudiantado con discapacidad pueda disfrutar de una educación universitaria inclusiva, accesible y adaptable, en igualdad con el resto del estudiantado, realizando ajustes razonables, tanto curriculares como metodológicos, a los materiales didácticos, a los métodos de enseñanza y al sistema de evaluación”.

El artículo 24.5 La Convención de Derechos de Personas con Discapacidad, dispone que “las adaptaciones curriculares en la universidad se consideran un ajuste razonable que compensa la desventaja para afrontar los estudios universitarios en condiciones similares al resto de estudiantes, sin menoscabo del rendimiento académico exigible”.

En esta web ofrecemos información de cómo desde la Universidad de Jaén ayudamos al estudiantado que requiere una atención educativa diferente a la ordinaria por presentar necesidades educativas especiales, con el propósito exclusivo de ayudarles a que puedan tener una educación universitaria en “igualdad con el resto de los estudiantes”. Todos y todas podemos contribuir a lograr este loable propósito y hacer que el mundo sea un poco mejor.