Ayudas a Plataformas Tecnológicas y de Innovación 2026

26/10/2026

LOGO MICIU 2'24

⚠️ AVISO

  • PLAZO INTERNO UJA: Para garantizar la revisión y firma del Representante Legal, la solicitud deberá estar subida a la plataforma y lista para su firma antes de las 11:00h del día 13 de noviembre de 2026.

Objeto de la convocatoria El objetivo de esta convocatoria es la creación y consolidación de Plataformas Tecnológicas y de Innovación. Estas plataformas son un agente imprescindible para impulsar el diálogo y la colaboración público-privada y constituyen un instrumento fundamental de la política de I+D+I. Impulsadas por el tejido empresarial, son un importante actor en la definición de prioridades de investigación tanto en el ámbito sectorial como intersectorial. Los objetivos concretos buscan promover la incorporación de todos los agentes de la cadena de valor del sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación; e identificar la agenda de investigación aplicada y desarrollo experimental que dé respuesta a las demandas y retos científico-técnicos mediante la convergencia de conocimientos.

Actividades que se financian Las actividades objeto de ayuda en las Plataformas Tecnológicas son:

  • Organización de la Asamblea Anual de la Plataforma.

  • Actividades de difusión o jornadas temáticas relacionadas con la actividad de la Plataforma.

  • Elaboración de documentos relacionados con la actividad de la Plataforma.

  • Elaboración de estudios prospectivos y estudios de demanda temprana.

  • Actividades en el ámbito de las agrupaciones temáticas recogidas en el PEICTI en colaboración con otras Plataformas.

  • Actividades encaminadas a favorecer la cooperación tecnológica y el asesoramiento en la preparación de proyectos de I+D+i.

  • Fomento de la participación en actividades de internacionalización de la I+D+i.

Beneficiarios Podrán concurrir a la presente convocatoria, entre otras entidades:

  • Organismos públicos de investigación.

  • Universidades públicas y sus institutos universitarios de investigación.

  • Otros centros públicos y privados de I+D+i sin ánimo de lucro.

  • Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica.

  • Empresas, asociaciones empresariales sectoriales y plataformas tecnológicas y de innovación.

Presupuesto y financiación

  • Presupuesto total de la convocatoria: 6.000.000,00 €.

  • Tipo de la ayuda: Subvención en régimen de concurrencia competitiva.

  • Régimen de minimis: Las ayudas se acogen al reglamento de minimis (Reglamento UE 2023/2831). El importe máximo por entidad no podrá superar los 300.000 € acumulados en los últimos tres años.

  • Duración de la actuación: El periodo de ejecución estará comprendido entre el 1 de enero de 2027 y el 31 de diciembre de 2028.

Gastos financiables Se consideran elegibles los siguientes conceptos de costes directos:

  • Personal: Se financiará el personal propio o de nueva contratación dedicado en exclusiva a la actuación (con un coste/hora máximo de 50 €). Importante UJA: En el caso de universidades públicas (modalidad de costes marginales), no es financiable el personal propio del capítulo I, salvo aquellos gastos de contratos formalizados bajo el artículo 23 bis de la Ley 14/2011.

  • Auditoría de Cuentas: Financiable hasta un máximo de 1.200 € por entidad beneficiaria.

  • Material fungible: Materiales consumibles directamente derivados de la actuación, incluyendo el material de oficina y consumibles informáticos.

  • Gastos de consultoría: Gastos derivados de la gestión y justificación de la actuación.

  • Subcontratación: Permitida hasta el 90% de la ayuda para entidades sin ánimo de lucro. Si excede el 20% del importe de la subvención y es mayor a 60.000 €, requerirá autorización previa del órgano concedente.

  • Viajes: Costes de movilidad estrictamente necesarios con un importe máximo de 12.000 € durante todo el periodo.

  • Costes indirectos: Se calcularán aplicando un porcentaje fijo del 20% sobre los gastos directos válidos de la actuación.

  • Gastos NO elegibles: El IVA no es financiable salvo exenciones en las que sea real y definitivamente soportado y no recuperable. Tampoco lo son los gastos financieros, asesoría jurídica, inversiones en terrenos, equipamiento usado ni cuotas a asociaciones.

Evaluación Las solicitudes serán evaluadas por una comisión científico-técnica basándose en los siguientes criterios (hasta 100 puntos):

  • Oportunidad estratégica de la actuación (0-30 puntos).

  • Estructura, organización e integración de los agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación (0-30 puntos).

  • Desarrollo y alcance de la actuación (0-20 puntos).

  • Proyección internacional (0-20 puntos).

Formulario y Documentación Obligatoria

  • Vías de presentación: Cumplimentación y presentación telemática obligatoria a través de la web de la Agencia Estatal de Investigación. La entidad debe estar dada de alta previamente en el Sistema de Entidades (SISEN).

  • Memoria Técnica de la actuación (Anexo II): Documento único en castellano, con una extensión máxima de 30 páginas, enviado obligatoriamente en formato PDF (máximo 4 MB). Se recomienda usar fuente mínima de 11 puntos, interlineado sencillo y márgenes de 2,5 cm laterales. No se puede modificar ni mejorar una vez cerrado el plazo.

  • Declaraciones responsables: Quedan incorporadas e implícitas en el formulario con la firma electrónica del representante legal. No es necesario anexarlas por separado.

Soporte y Consultas ➡️ Contacto para consultas sobre la convocatoria e incidencias en la Oficina Virtual AEI

  • Gestión de consultas de la Agencia Estatal de Investigación: Formulario de Contacto. ➡️ Desde la OTRI ofrecemos soporte técnico para la elaboración de presupuestos y el manejo de la plataforma.

  • Gestión de Consultas UJA: otri [arroba] ujaen [punto] es y lcanovas [arroba] ujaen [punto] es