05/06/2024
Proyectos de I+D en el ámbito de las tecnologías espaciales, según lo definido en el anexo I de la orden, que se desarrollen en colaboración efectiva entre empresas, con participación relevante de organismos de investigación y difusión de conocimientos desde el punto de vista cualitativo y cuantitativo mediante la subcontratación de sus actividades.
Los proyectos deberán encuadrarse en una de las dos áreas temáticas siguientes (ver convocatoria):
- New Space: Constelaciones satelitales.
- Maduración de tecnología espacial bottom-upn.
Los beneficiarios son agrupaciones de empresas en dos categorías:
PTE - Grandes Empresas (PTE-G):
- Agrupación: constituida por entre 2 y 6 empresas, de los cuales al menos uno de los socios deberá ser una pequeña o mediadana empresa (pyme) y liderada por una gran o mediana empresa. Al menos dos de las empresas deben ser autónomas entre sí.
- Presupuesto elegible: los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto elegible mínimo de 5M€ y máximo de 25M€.
- Presupuesto elegible mínimo por empresa: para las grandes empresas será de 500.000€ y de 175.000€ para el resto.
- Duración: los proyectos serán plurianuales y finalizarán el 31 de diciembre de 2026. Parte de los mismos deberá realizarse en el año 2024, por lo que, en todo caso, se deberá solicitar ayuda para 2024.
- Subcontratación de actividades: los proyectos deben contar con una participación relevante de organismos de investigación (como una universidad) desde el punto de vista cualitativo y cuantitativo. En este sentido, se exige que al menos el 15% del presupuesto elegible se subcontrate a estas entidades.
PTA "PYMES":
- Agrupación: constituida por entre 2 y 6 empresas y liderada por una mediana o pequeña empresa. Las microempresas no podrán ser representantes de a agrupación. Al menos dos de las empresas deben ser autónomas entre sí. Las grandes empresas participantes no podrán superar el 35% del presupuesto elegible del proyecto.
- Presupuesto elegible: los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto elegible mínimo de 1M€ y máximo de 4M€.
- Presupuesto elegible mínimo por empresa: para las grandes empresas será de 500.000€ y de 175.000€ para el resto.
- Duración: los proyectos serán plurianuales y finalizarán el 31 de diciembre de 2026. Parte de los mismos deberá realizarse en el año 2024, por lo que, en todo caso, se deberá solicitar ayuda para 2024.
- Subcontratación de actividades: los proyectos deben contar con una participación relevante de organismos de investigación (como una universidad) desde el punto de vista cualitativo y cuantitativo. En este sentido, se exige que al menos el 10% del presupuesto elegible se subcontrate a estas entidades.
Las características generales de la convocatoria son:
- Distribución equilibrada del presupuesto a lo largo de la duración del proyecto. También deberán tener una distribución equilibrada entre los socios, de modo que ninguna de las empresas autónomas de la agrupación ni ningún grupo de empresas vinculadas o asociadas podrá superar el 65 % del presupuesto elegible del proyecto.
- Subcontratación: podrá alcanzar hasta un máximo del 50% del presupuesto financiable de cada beneficiario. Las entidades integrantes de la agrupación no podrán subcontratarse entre ellas las actuaciones objeto de la ayuda.
- Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas para el contrato menor en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el beneficiario deberá solicitar, como mínimo, tres ofertas de diferentes proveedores con carácter previo a la contratación.
- Presupuesto total de la convocatoria: 70M€. De este presupuesto se reservarán 40M€ para el área temática "Maduración de tecnología espacial bottom-up", y de estos, 16M€ se reservarán para agrupaciones PTE-P. Si dicho presupuesto no pudiera agotarse, el remanente se destinaría a financiar proyectos de la temática "New Space: constelaciones satelitales", cuyo presupuesto inicial es de 30M€.
- Ubicación de los proyectos: proyectos desarrollados en cualquier CCAA española.
- Efecto incentivador: si, antes de comenzar la actividad, el beneficiario ha presentado la solicitud de ayuda.
- Intensidad de la ayuda: subvención hasta los límites de intensidad máximos: 65% gran empresa, 75% mediana empresa y 80% pequeña empresa. La intensidad de ayuda deberá determinarse para cada beneficiario (incluso tratándose de proyectos en cooperación). El límite de intensidad de ayuda vendrá dado por el peso de cada tipo de actividad (investigación industrial o desarrollo experimental).
- Los proyectos no podrán implicar actividades que directa o indirectamente ocasionen un perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH). Tampoco podrán dirigirse a aumentar la eficiencia de los combustibles fósiles y tecnologías relacionadas ni incrementar la emisión de gases de efecto invernadero.
- Las ayudas concedidas al amparo de la presente orden serán incompatibles con cualquier otra ayuda, previa o posterior a la concedida, cuyo objeto tenga la misma finalidad.
- Estas ayudas están incluidas en las actuaciones e inversiones contempladas en el Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que recibirá financiación de los fondos "Next Generation EU", entre ellos, el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea.
- Plazo fin de presentación de solicitudes: el 19 de junio de 2024, a las 12:00h del mediodía, hora peninsular.
- Plazo interno OTRI: lunes 17 de junio de 2024 a las 12:00h.