Instrucciones a las Unidades Administrativas que intervengan en la Contratación de Personal

Las Unidades Administrativas que intervengan en la Contratación de Personal, deben comunicar al Servicio de Personal (Sección de Habilitación) las Altas y Bajas del Personal con antelación a la fecha en que se produzca ésta.

Todo lo que se comunique después de la FECHA REAL producirá efectos ante la Administración de la Seguridad Social, con la consiguiente repercusión negativa al empleado y con posibles sanciones y recargos a la empresa.