Evaluación de Actividad Docente (Profesorado Contratado Doctor, Colaborador y Permanente Laboral)

Convocatoria.

Quién lo puede solicitar.

  • Profesorado de la Universidad de Jaén con contrato laboral que tengan vinculación permanente en alguna de las siguientes modalidades de contratación:
    • Profesorado Contratado Doctor.
    • Profesorado Colaborador.
    • Profesorado Permanente Laboral.

Cuándo, cómo y dónde se solicita.

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución Rectoral y finalizará el 31 de diciembre de 2023.

Para realizar y presentar la solicitud se utilizará el trámite que se encuentra en la siguiente página web:

https://uvirtual.ujaen.es/srv/es/informacionadministrativa/tramites/p/EMD

IMPORTANTE. Se recomienda no dejar la presentación de la solicitud para la finalización del plazo establecido, puesto que le recordamos que desde el día 26/12/2023 hasta el 05/01/2024 las instalaciones de la Universidad de Jaén permanecerán cerradas, por lo que no podrán ser atendidas las consultas y/o incidencias de este trámite durante dicho periodo.

Qué se evalúa.

  • La evaluación se realiza sobre un periodo de actividad de cinco años a tiempo completo, sin que éstos, necesariamente, hayan de ser consecutivos ni ininterrumpidos.
  • Las actividades que pueden ser sometidas a evaluación son las siguientes:
    • Actividad docente universitaria en centros públicos, tanto en régimen funcionarial como laboral.
    • Actividad docente desempeñada con la categoría de personal investigador en formación dentro del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI) o programas de otras comunidades autónomas.
    • Actividad docente desempeñada con la categoría de personal investigador en formación del Programa Nacional de Formación del Profesorado Universitario y otros programas análogos de ámbito nacional.
    • Actividad docente desempeñada con la categoría de personal investigador en formación de programas de agentes públicos del sistema Español de la ciencia, Tecnología e Innovación.

Documentación que debes acompañar.

  • En el supuesto de que no conste en el expediente administrativo los servicios docentes a evaluar, se podrán añadir a la solicitud. Los citados servicios añadidos serán revisados por el Servicio de Personal, incorporándose a los servicios a evaluar en el supuesto de que se ajusten a las actividades docentes universitarias objeto de evaluación.

Número máximo de componentes.

  • En el actual marco jurídico el número máximo de componentes que es posible tener reconocido es de seis.

Efectos retributivos de los componentes

  • Los efectos económicos de las evaluaciones se inician el 1 de enero del año posterior al de la solicitud de evaluación, con independencia de que la resolución del proceso de evaluación sea anterior o posterior a la mencionada fecha.
  • Las cuantías por cada componente pueden consultarse en las tablas salariales.

Profesorado laboral que solicita la primera evaluación.

  • El profesorado laboral que efectúen por primera vez la solicitud, deberá adjuntar a la misma la documentación, que no conste en el expediente administrativo de esta Universidad, para acreditar los Servicios docentes prestados en el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, en universidades, en centros de investigación extranjeros u otro organismo público de investigación, con independencia del organismo en el que se hayan desempeñado.

Cuestiones a tener en cuenta.

  • El proceso de evaluación no se realiza de oficio, sino a instancia de parte. Por tanto debe ser solicitado voluntariamente por las personas que desean ser evaluadas.
  • Las actividades desarrolladas desde la condición de personal investigador en formación sólo serán evaluadas favorablemente si durante el periodo formativo se ha impartido docencia universitaria en centros públicos. Por tanto no se valorarán actividades exclusivamente desarrolladas en el ámbito de la investigación, gestión o de transferencia de la investigación.
  • La actividad docente en régimen de dedicación a tiempo parcial se computará proporcionalmente.

Sí tiene alguna duda relacionada con este proceso no deje de consultar con nosotros en el correo secpdi [arroba] ujaen [punto] es