Requisitos para la defensa de la tesis doctoral

Requisitos para la defensa de tesis

La Comisión Académica establece los siguientes criterios de calidad mínima para la autorización del trámite de evaluación y defensa de la tesis doctoral: un mínimo de dos artículos publicados o aceptados, debiendo ser el doctorando o doctoranda el primer autor en al menos uno de ellos. La calidad de las aportaciones estará acreditada en el ámbito de la especialidad de acuerdo a los criterios establecidos por la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI) como de relevancia alta o media, siendo aceptados, en todo caso, artículos recogidos en “Journal Citation Reports (JCR), Science Edition” en los cuartiles Q1 o Q2. Para el resto de aportaciones establecidos en CNEAI de relevancia alta o media (artículos en cuartil Q3, congresos de referencia o patentes en explotación) se podrán aceptar, pero siempre bajo la valoración de la Comisión Académica.

En todos los casos, la Comisión valorará la idoneidad de las publicaciones para poder autorizar la defensa de la tesis y, especialmente, su relación con el título de la tesis y lo expresado en el plan de investigación. Además, las publicaciones tienen que haber sido aceptadas durante los estudios de doctorado, si bien, se permitirá que una de las publicaciones pueda haber sido aceptada con una anterioridad de hasta un año desde la matriculación en el Programa.

Los alumnos, que empezaron los estudios de doctorado con anterioridad a la aprobación de estos requisitos, serán valorados por la Comisión teniendo en cuenta este hecho. En todo caso, la Comisión Académica del Programa es la encargada de valorar los criterios de calidad mínima y, en su caso, autorizar o rechazar, justificadamente, el inicio del trámite.

Requisitos para la tesis por compendio de publicaciones.

La Comisión Académica establece los siguientes criterios para presentar la tesis doctoral como un conjunto de trabajos publicados por el doctorando o doctoranda: un mínimo de tres artículos, debiendo ser el doctorando o doctoranda el primer autor en al menos dos de ellos, y debiendo estar publicados o aceptados. La calidad de las aportaciones estará acreditada en el ámbito de la especialidad de acuerdo a los criterios establecidos por la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI) como de relevancia alta o media.

En todos los casos, la Comisión valorará la idoneidad de las publicaciones para poder autorizar la defensa de la tesis y, especialmente, su relación con el título de la tesis y lo expresado en el plan de investigación. Además, las publicaciones tienen que haber sido aceptadas durante los estudios de doctorado, si bien, se permitirá que una de las publicaciones pueda haber sido aceptada con una anterioridad de hasta un año desde la matriculación en el Programa.