21. Los gastos de formación del personal ¿pueden ser soportados por los créditos de las Unidades Orgánicas para su funcionamiento?

Los gastos de formación del personal de la Universidad de Jaén no se considerarán gastos de funcionamiento de la correspondiente Unidad Orgánica, siendo éstos imputados al Capítulo 1, salvo informe previo emitido por el responsable del centro de gasto y autorizado por el/la Gerente, justificando el motivo y la necesidad del gasto (6.2. de las Normas Generales Ejecución Presupuestaria, punto 5).

Ej. Matrículas de Master Oficiales y Títulos Propios, cursos de inglés impartidos por el Centro de Estudios Avanzados en Lenguas Modernas (aquellos que son objeto de ayuda a través de la Acción Social).

Categoría
Justificación de gastos realizados en Comisión de Servicio.
Destinado a
Público en general