24. En una factura de hotel presentada en una Dieta, el coste de algunos días es superior a los importes máximos establecidos en la normativa para tal concepto ¿Puedo compensar los días que se excede por los que no y justificar el total de la factura?

No, se deberá realizar los cálculos en base al importe máximo que tenga por día, si supera se abonará hasta el importe máximo y si algún día el coste es inferior se le abonará por ese importe, salvo que dicho exceso sea autorizado por la Gerencia.

Categoría
Justificación de gastos realizados en Comisión de Servicio.
Destinado a
Público en general