3. ¿Para qué se utiliza el formulario de Justificación de Gastos Realizados en Comisión de Servicio? ¿Quiénes pueden utilizarlo?

Se utiliza para abonar los gastos ocasionados por los conceptos de alojamiento, manutención y locomoción, que el Comisionado haya soportado en una Comisión de Servicio.

Podrán utilizar el formulario de justificación de gastos realizados en comisión de servicios:

  • El personal propio de la Universidad de Jaén:

Personal Docente Investigador.

Personal Investigador en Formación que impartan o no docencia.

Técnicos Colaboradores con cargo a créditos de investigación.

Becarios de Apoyo a la Investigación.

Personal de Administración y Servicios Laboral y Funcionario.

Técnicos de la Oficina de Trasferencias de Resultados de la Investigación (OTRI) y Campus de Excelencia.

El Presidente y Secretario del Consejo Social.

Miembros del Consejo de Estudiantes.

Aquellas personas que integran la Comunidad Universitaria de la Universidad de Jaén (Personal Docente e Investigador, Personal de Administración y Servicios y Estudiantes) que participen en los órganos colegiados de la misma, así como, en los procesos electorales.

  • El personal ajeno que esté nombrado para formar parte de:

Tribunales: De Tesis, Habilitación, Plazas Personal Docente e Investigador y Personal Administrativo y Servicios, Pruebas de Homologación de Títulos Extranjeros.

No podrán utilizarlo y por consiguiente les será de aplicación lo establecido para las Bolsas de Viaje (ver preguntas Bolsa de Viaje), el siguiente personal:

- Personal colaborador en proyectos, grupos, ayudas a la investigación, contratos y subvenciones específicas.

- Personal ajeno que asista en representación e interés de la Universidad de Jaén a reuniones, conferencias y cursos organizados por otras instituciones.

- Personal ajeno que imparta docencia/ponencia/conferencia en los Másteres Oficiales y en la formación permanente (títulos propios, actividades formativas específicas y cursos de verano) de la Universidad de Jaén.

- Personal ajeno que impartan ponencias/conferencias en cursos, jornadas, congresos, talleres, mesas redondas, participación en debates y similares.

- Personal ajeno que participen en los Tribunales, Evaluaciones y Tutorizaciones de Trabajos Fin de Másteres Oficiales y de Títulos Propios de la Universidad de Jaén.

- Alumnos/as, salvo aquellos que participen en los órganos colegiados y en los procesos electorales de la Universidad de Jaén, que le será de aplicación lo establecido para las indemnizaciones por razón del servicio que reglamentariamente les pudieran corresponder.

- Becarios de formación de la Universidad de Jaén en prácticas en Servicios/Unidades de la Universidad de Jaén.

- Alumnado universitario que realicen prácticas académicas externas extracurriculares “ÍCARO”.

- Alumnos/as con estancias de investigación en España.

- Deportistas que participen en campeonatos y viajen con cargo al presupuesto del Servicio de actividades físicas y deportivas.

- Personal Docente e Investigador que estén en excedencia.

- Profesorado Emérito.

- En general al personal externo de la Universidad de Jaén para la realización de actividades que se financien con cargo al presupuesto de ésta.

En la documentación justificativa del gasto, no se admitirán liquidaciones con enmiendas, ni tachaduras.

Categoría
Justificación de gastos realizados en Comisión de Servicio.
Destinado a
Público en general