8. Se ha adquirido un material inventariable al extranjero y se han generado gastos por aduana y de trasladado a la Universidad ¿Cómo gestiono la adquisición y los gastos ocasionados?

Partimos de la premisa de que el valor estimado del bien adquirido es inferior a 15.000 euros (IVA excluido), en el caso de que supere esta cantidad se deberá solicitar la tramitación de un expediente de contratación administrativa (Ver pregunta 13.12).

La empresa proveedora que haya prestado el servicio por gastos de aduana y transporte presentará, en el plazo de 30 días desde la fecha de entrega efectiva de la prestación del servicio, la factura a través de FACe (ver pregunta 13.1).

A la hora de proceder a la tramitación de los gastos del material inventariable adquirido, se deberá tener en cuenta los siguientes requisitos:

  • Con carácter general, el material inventariable se valorará por su precio de adquisición, el cual ha de incluir, además del importe facturado por el vendedor, todos los gastos adicionales que se produzcan hasta su puesta en funcionamiento, como pueden ser los gastos de explanación y derribo de los terrenos, el transporte hasta el lugar de su utilización, los derechos aduaneros en los casos de importaciones, los seguros, la instalación, el montaje y otros gastos similares.
  • Se entiende que un bien está en condiciones de funcionamiento cuando es capaz de producir rendimientos con regularidad, una vez superado el periodo de prueba, es decir, cuando está disponible para su utilización.

De acuerdo con lo indicado anteriormente, los gastos de aduanas y de transporte deberán incrementar el valor del bien adquirido, imputándose a la misma aplicación presupuestaria de dicho material, por lo que adjuntaremos al Justificante de ambos gastos, ficha de inventario donde se haga referencia al número de inventario del bien padre, para actualizar el inventario.

Categoría
Facturas electrónicas
Destinado a
Público en general