¿Qué son los ajustes razonables?

Consisten en adaptaciones de apoyo en el aula y en las pruebas de evaluación.

La LOSU, Ley Orgánica del Sistema Universitario, en su artículo 37.2 establece que “las universidades adoptarán medidas de acción positiva para que el estudiantado con discapacidad pueda disfrutar de una educación universitaria inclusiva, accesible y adaptable, en igualdad con el resto del estudiantado, realizando ajustes razonables, tanto curriculares como metodológicos, a los materiales didácticos, a los métodos de enseñanza y al sistema de evaluación”.