Carrera Horizontal del PTGAS

I. Normativa de aplicación.

Reglamento por el que se regula la evaluación del desempeño y la carrera horizontal del PTGAS de la Universidad de Jaén

II. Convocatoria.

Convocatoria 2026. Resolución del Rectorado de la Universidad de Jaén por la que se convoca el proceso de carrera profesional horizontal del Personal Técnico de Gestión y de Administración y Servicios de la Universidad de Jaén (tablón de anuncios digital: 06/02/2026).

III. Quién lo puede solicitar.

El PTGAS de la UJA que cumpla con los siguientes requisitos:

  1. Ostentar la condición de PTGAS de alguna de las Universidades Públicas de Andalucía con anterioridad al 1 de enero de 2026.
  2. Percibir las retribuciones con cargo al capítulo I del presupuesto de gastos de la UJA.
  3. Encontrarse en situación de servicio activo en la UJA a fecha de fin de presentación de solicitudes (27 de febrero de 2026).
  4. Acreditar los años de permanencia continuada o interrumpida, a 31 de diciembre de 2025, que a continuación se establecen:
    • Podrá acceder al segundo escalón de la carrera profesional horizontal el PTGAS que acredite más de 6 años de servicios efectivos.
    • Podrá acceder al tercer escalón de la carrera profesional horizontal el PTGAS que, teniendo reconocido el segundo escalón, acredite un periodo de más de 6 años, no valorado en convocatorias de carrera anteriores.
    • Podrá acceder al cuarto escalón de la carrera profesional horizontal el PTGAS que, teniendo reconocido el tercer escalón, acredite un periodo de más de 6 años, no valorado en convocatorias de carrera anteriores

IV. Cuándo, cómo y dónde se solicita.

  • El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día hábil siguiente a la publicación de la convocatoria en el tablón de anuncios digital de la UJA, y finalizará el 27 de febrero de 2026.
  • Las personas interesadas deberán presentar su solicitud exclusivamente a través de la sede electrónica de la Universidad de Jaén, utilizando el procedimiento estandarizado de la instancia genérica. Para garantizar la correcta tramitación, es obligatorio que:
    • La instancia se dirija al Servicio de Personal.
    • El campo asunto de la instancia genérica se consigne de forma literal e inequívoca como: “Solicitud de carrera profesional horizontal 2026 - PTGAS”.
    • A la instancia se ha de adjuntar la solicitud normalizada de carrera profesional horizontal, que contiene:
      • Datos de la persona solicitante.
      • Datos de trayectoria profesional y actuación profesional.
      • Memoria de calidad sobre los trabajos realizados durante el periodo a evaluar.
      • Declaración de veracidad de actividades formativas realizadas durante el periodo a evaluar.

V. Qué se valora.

La valoración se estructura en los siguientes apartados:

  1. Trayectoria y actuación profesional (máx. 25 puntos):
    • Trayectoria profesional (máx. 15 puntos): se valorará toda la antigüedad acreditada durante la vida laboral como personal funcionario o personal laboral en cualquier Grupo o Subgrupo: 0,50 puntos por año, computándose de manera proporcional las fracciones de meses completos.
    • Permanencia en el puesto de trabajo (máx. 20 puntos): 3,34 puntos por año en el período de seis años o de manera proporcional si el tiempo es inferior.
  2. Calidad de los trabajos realizados (máx. 10 puntos), mediante la presentación de una breve memoria que será valorada por la persona responsable del puesto y en la que se incluirá:
    • Las tareas que hayan supuesto alguna innovación, creación o gestión de nuevo conocimiento.
    • Las competencias digitales utilizadas durante la realización del trabajo.
    • El haber participado en equipos de trabajo multidisciplinares.
  3. Formación y conocimientos adquiridos (máx. 35 puntos), puntuándose la hora de formación a 0,25 (sin aprovechamiento), o a 0,30 (con aprovechamiento):
    • Formación genérica (máx. 15 puntos): se valorarán las acciones formativas relacionadas con Calidad Universitaria, Tecnologías de la Información y la Comunicación, Prevención de Riesgos Laborales, Medio Ambiente, Idiomas e Igualdad, así como otras que se consideren transversales.
    • Formación específica para el puesto de trabajo (máx. 20 puntos): se valorarán las acciones formativas cuyos contenidos estén directamente relacionados con el área del puesto de trabajo que se ocupe.
    • La realización de acciones formativas de adecuación profesional determinadas por la Gerencia a efectos de carrera horizontal (máx. 30 puntos).
  4. Evaluación del desempeño (máx. 30 puntos): se multiplicará por 0,50 el resultado obtenido en la evaluación del desempeño profesional realizada en 2025, siempre que este resultado sea superior a 36 puntos sobre 60 (al no incluirse la evaluación por objetivos en este proceso extraordinario).

VI. Fecha de referencia de los méritos para la valoración

  • En las solicitudes de carrera presentadas para el acceso al 2º escalón, serán los 6 primeros años de la trayectoria profesional.
  • En las solicitudes de carrera para el acceso al 3º o 4º escalón, será el sexenio siguiente al 2º o 3º escalón previamente reconocido en la anterior convocatoria de carrera.
  • En cualquier caso, no se podrán valorar méritos posteriores a 31 de diciembre de 2025.

VII. Procedimiento de valoración.

  1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Servicio de Personal comprobará el cumplimiento del requisito de permanencia mínima previsto para el acceso al escalón solicitado.
  2. Posteriormente, se remitirán las memorias presentadas a las personas responsables, para que antes del 30 de abril de 2026, sean valoradas y remitidas al Servicio de Personal.
  3. Recibidas las memorias, junto con el resto de documentación, serán remitidas a la Comisión de Evaluación para que eleve la propuesta de resolución antes del 31 de mayo de 2026.
  4. La resolución provisional recaerá durante el mes de junio, dando igualmente un plazo para presentar alegaciones conforme se establezca en dicha resolución provisional.
  5. Resueltas las alegaciones por parte de la Comisión de Evaluación, propondrá la resolución definitiva de carrera durante el mes de junio.

VIII. Superación de la valoración .

  • Para superar la carrera profesional horizontal y tener el reconocimiento del escalón correspondiente, será necesario cumplir con los siguientes requisitos:
    • Tener superada la evaluación del desempeño realizada en 2025.
    • Obtener una puntuación total igual o superior a 60 puntos de los méritos valorados en esta convocatoria de carrera horizontal.

IX. Efectos retributivos del escalón reconocido

  • Las cuantías de los escalones 2º a 4º, serán:
Grupo A1/I Grupo A2/2 Grupo C1/III Grupo C2/IV
1.327,76 € 1.174,06 € 953,47 € 810,24 €
  • Los efectos económicos derivados del reconocimiento del escalón correspondiente se producirán a partir del día 1 de enero de 2027.
  • El abono del escalón reconocido en esta convocatoria se hará efectivo cuando se garantice, por parte del órgano competente de la Junta de Andalucía, la financiación adicional necesaria.

XI. Cuestiones a tener en cuenta.

  • A los efectos del cómputo del tiempo de servicios efectos para poder participar en este proceso, no se considerarán como tales:
    • Licencias o permisos sin retribución.
    • Incapacidades laborales temporales por enfermedad común.
    • Situaciones administrativas distintas de la situación de servicio activo.
  • Se considerará la permanencia en el puesto del que el PTGAS es titular, con independencia de la escala o categoría. Del mismo modo, si hay un cambio de puesto de trabajo, pero el puesto obtenido es del mismo nivel de destino, a efectos de valoración de méritos de permanencia no se tendría en cuenta dicho cambio, considerándose la persona en el mismo puesto a estos efectos.