Primer escalón de la carrera horizontal del PTGAS de la UJA

I. Tipologías e importes brutos del primer escalón.

Conforme a lo indicado en el acuerdo andaluz de 25 de junio de 2024, se han codificado las distintas tipologías del primer escalón de la carrera horizontal en función del régimen jurídico y del nivel/categoría profesional del puesto de trabajo del PTGAS de la UJA:

Códigos e importes del primer escalón de la carrera horizontal

Seguidamente se puede consultar el código del primer escalón asignado a los puestos de de trabajo de la RPT del PTGAS de la UJA:

  • PTGAS funcionario:
Imagen que muestra el código del primer escalón por tipo de puesto de PTGAS F

  • PTGAS laboral:

Imagen que muestra el código del primer escalón por tipo de puesto de PTGAS L

II. Criterios para el reconocimiento del primer escalón (2025)

  • Los efectos del reconocimiento del primer escalón son del 1 de enero de 2025, o en el día que cumplan 6 meses de antigüedad como PTGAS.
  • El reconocimiento del primer escalón conlleva la percepción del complemento de carrera horizontal y la consolidación de dicho escalón en el nivel y cuantía en el que se haya reconocido.
  • El día previo de los efectos del reconocimiento del primer escalón, 31 de diciembre de 2024, es la fecha en la que se ha comprobado el cumplimiento de los seis meses de antigüedad necesarios para el reconocimiento de este escalón. No obstante, aquellas personas que no tenían seis meses de antigüedad en esa fecha, se ha tomado la fecha de 2025 en la que cumplen los 6 meses, reconociéndose el primer escalón al día siguiente.
  • El reconocimiento del primer escalón al PTGAS funcionario de carrera o laboral fijo se reconoce en el puesto del que sean titulares en la fecha del reconocimiento. En cambio, al PTGAS funcionario interino o laboral temporal el escalón se reconoce en el puesto que estén desempeñando en la fecha del reconocimiento, ya que no ostentan la titularidad de dicho puesto.

III. Consideraciones para el abono del primer escalón en mayo de 2025.

  • El importe del primer escalón es anual, por lo que será proporcional al tiempo trabajado en 2025 (días naturales). No obstante, conviene tener en consideración que en el futuro el abono pudiera tener carácter mensual.
  • Para calcular el importe anual del primer escalón, se ha estimado el número de días naturales que cada PTGAS prestará en 2025, con la información que consta en el Servicio de Personal a 9 de mayo de 2025.
  • No se percibe, o no se percibirá, la totalidad del importe anual del primer escalón, cuando:
    • A la fecha del cálculo, conste en el Servicio de Personal que no ha prestado o no prestará servicios la totalidad del año natural.
    • Cumpla los seis meses de antigüedad como PTGAS durante 2025, por lo que percibirá lo que le corresponda en el mes siguiente al reconocimiento.
    • Finalice su vínculo con la UJA durante 2025 y, a la fecha del cálculo, no conste este hecho en el Servicio de Personal. En este caso, en el mes en el que se produzca la extinción de su vinculo con la UJA, se le practicará la correspondiente regularización en el supuesto de haber percibido la totalidad del importe del primer escalón.