Declaración de Accesibilidad de la aplicación móvil UJA App

La Universidad de Jaén se ha comprometido a hacer accesibles sus aplicaciones para dispositivos móviles, de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público.

La presente declaración de accesibilidad se aplica a la siguiente aplicación para dispositivos móviles:

Situación de cumplimiento

Esta aplicación para dispositivos móviles es parcialmente conforme con el RD 1112/2018 de 7 de septiembre, debido a las excepciones y a la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.

Contenido no accesible

El contenido que se recoge a continuación no es accesible por lo siguiente:

a) falta de conformidad con el RD 1112/2018

  • En algún caso no existe o es inadecuado la representación textual alternativa para los elementos visuales [requisito número 11.1.1.1 Contenido no textual de UNE-EN 301549:2019].
  • Fallos puntuales en la estructuración e interpretación de contenido, descripción de los elementos de formulario y uso de encabezados [requisito número 11.1.3.1 Información y relaciones de UNE-EN 301549:2019].
  • En algún caso no se pueden navegar los elementos de la aplicación en el orden esperado utilizando productos de apoyo [requisito número 11.1.3.2 Secuencia significativa de UNE-EN 301549:2019].
  • No es posible acceder a los elementos de la aplicación utilizando el dispositivo en horizontal [requisito número 11.1.3.4 Orientación de UNE-EN 301549:2019].
  • Existen elementos de formularios en los cuales no se identifica el propósito de la entrada [requisito número 11.1.3.5 Identificación del propósito de la entrada de UNE-EN 301549:2019].
  • Identificación de elementos solamente mediante el color [requisito 11.1.4.1 Uso del color de UNE-EN 301549:2019].
  • Contraste de color insuficiente en algunos textos o elementos gráficos respecto al color de fondo [requisito número 11.1.4.3 Contraste (mínimo) y 11.1.4.11 Contraste no textual de UNE-EN 301549:2019].
  • Fallos puntuales al aumentar el tamaño del texto produciendo desbordamientos o permaneciendo con un tamaño de texto fijo [requisito número 11.1.4.4 Cambio de tamaño del texto de UNE-EN 301549:2019].
  • En algunos casos no se proporciona a los productos de apoyo toda la información que aparece en las imágenes de texto [requisito número 11.1.4.5 Imágenes de texto de UNE-EN 301549:2019].
  • Existen elementos de la pantalla no alcanzables navegando con algún producto de apoyo [requisito número 11.2.1.1 Teclado de UNE-EN 301549:2019].
  • Pueden crearse trampas de teclado al navegar con un producto de apoyo o mediante las teclas de dirección o de tabulación cuando se abre un contenido oculto [requisito número 11.2.1.2 Sin trampas para el foco del teclado de UNE-EN 301549:2019].
  • Al utilizar productos de apoyo es posible que el foco no se desplace al siguiente elemento esperado [requisito número 11.2.4.3 Orden del foco de UNE-EN 301549:2019].
  • Existencia de enlaces sin una descripción precisa, indicando su propósito y funcionalidad [requisito número 11.2.4.4 Propósito de los enlaces de UNE-EN 301549:2019].
  • Presencia de encabezados cuya jerarquía y uso no es el adecuado [requisito número 11.2.4.6 Encabezados y etiquetas de UNE-EN 301549:2019].
  • Existen elementos de interacción con el foco no visible [requisito número 11.2.4.7 Foco visible de UNE-EN 301549:2019].
  • En algún caso los elementos de la pantalla no proporcionan un nombre accesible a los productos de apoyo [requisito número 11.2.5.3 Inclusión de la etiqueta en el nombre de UNE-EN 301549:2019].
  • En algún caso la edición de un campo puede ocultarse automáticamente al ingresar un determinado dato [requisito número 11.3.2.2 Al recibir entradas de UNE-EN 301549:2019].
  • Al utilizar productos de apoyo es posible que ciertos errores ocurridos no sean comunicados [requisito número 11.3.3.1 Identificación de errores de UNE-EN 301549:2019].
  • En ciertos casos no se informa al usuario de los requisitos o instrucciones de la pantalla [requisito número 11.3.3.2 Etiquetas o instrucciones de UNE-EN 301549:2019].
  • Presencia de contenido web con ids duplicados [requisito número 11.4.1.1 Procesamiento de UNE-EN 301549:2019].
  • Incorrecta definición de los atributos y estados de ciertos elementos de la pantalla [requisito número 11.4.1.2 Nombre, función, valor de UNE-EN 301549:2019].
  • En algún caso no se indica la función o estado de un elemento de la interfaz a los productos de apoyo [requisito número 11.5.2.5 Información del objeto de UNE-EN 301549:2019].
  • En algún caso los productos de apoyo no pueden determinar las columnas de una tabla de datos [requisito número 11.5.2.6 Fila columna y cabeceras de UNE-EN 301549:2019].
  • En algún caso los productos de apoyo no pueden determinar el contenido presentado en la pantalla [requisito número 11.5.2.10 Texto de UNE-EN 301549:2019].
  • En ciertas ocasiones la navegación por la pantalla con un producto apoyo se pierde el foco [requisito número 11.5.2.13 Seguimiento del foco y de los atributos de selección de UNE-EN 301549:2019].
  • Fallos puntuales al notificar a los productos de apoyo de los cambios que se producen en pantalla [requisito número 11.5.2.15 Notificación de cambios de UNE-EN 301549:2019].

b) Carga desproporcionada

No aplica.

c) El contenido no entra dentro del ámbito de la legislación aplicable

  • Podrían existir archivos ofimáticos en PDF u otros formatos publicados antes del 20 de septiembre de 2018 que no cumplan en su totalidad todos los requisitos de accesibilidad.
  • Puede haber contenidos de terceros que no estén desarrollados por UJA, ni bajo su control, como el reproductor de Youtube.

Preparación de la presente declaración de accesibilidad

La presente declaración fue preparada el 8 de noviembre de 2023.

El método empleado para preparar la declaración ha sido una evaluación llevada a cabo por un tercero.

Última revisión de la declaración: 8 de noviembre de 2023.

Observaciones y datos de contacto

Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a del RD 1112/2018), como por ejemplo:

  • informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte de esta aplicación para dispositivos móviles
  • transmitir otras dificultades de acceso al contenido
  • formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad de la aplicación para dispositivos móviles

A través de la Instancia/Solicitud General, llamando al teléfono (+34) 953 212 121 o presencialmente en el Servicio de Información, Registro y Administración Electrónico (Campus Las Lagunillas, s/n; Edificio Rectorado (B1); 23071. Jaén; Dependencias B1-047)

Puede presentar:

  • una Queja relativa al cumplimiento de los requisitos del RD 1112/2018 o
  • una Solicitud de Información accesible relativa a:
    • contenidos que están excluidos del ámbito de aplicación del RD 1112/2018 según lo establecido por el artículo 3, apartado 4
    • contenidos que están exentos del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad por imponer una carga desproporcionada.

En la Solicitud de información accesible, se debe concretar, con toda claridad, los hechos, razones y petición que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima.

A través de la Instancia/Solicitud General, así como del resto de opciones recogidas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las comunicaciones serán recibidas y tramitadas por el Servicio de Información, Registro y Administración Electrónica (SIR@).

Procedimiento de aplicación

Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación, igualmente se podrá iniciar una reclamación, igualmente se podrá iniciar una reclamación, igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya transcurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.

La reclamación puede ser presentada a través de la Instancia/Solicitud General, así como con el resto de opciones recogidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas.

Las reclamaciones serán recibidas y tramitadas por el Servicio de Información, Registro y Administración Electrónica (SIR@).

Contenido opcional

Esta aplicación móvil aplica los requisitos de la Norma UNE-EN 301549:2019 considerando las excepciones del RD 1112/2018.