De acuerdo con las Normas de Ejecución Presupuestaria (punto 6.10), la utilización de reintegros de factura, se reservará para circunstancias muy excepcionales, por lo que no procede su tramitación a través del mismo.
Deberemos tener en cuenta lo siguiente:
- Si el interesado asiste al congreso en representación e interés de la Universidad de Jaén, el coste de la inscripción se tramitará por el sistema ordinario (mediante el procedimiento habitual de gestión del gasto-pedido-), imputándose:
Capítulo 2 a la partida 226.06.05 “Gastos de Inscripción”
Capítulo 6 al subconcepto y/o partida presupuestaria que acabe en .99 “Otros”.
- Si el interesado previamente a la realización del curso y siempre que su asistencia se realice en representación e interés de la Universidad de Jaén, podrá solicitar al centro de gasto correspondiente que soporte dicho gasto, una vez autorizado se cumplimentará el formulario de solicitud de transferencia ACF, a la Unidad Administrativa de Caja del Servicio de Asuntos Económicos, siempre y cuando el curso no dé lugar a una Indemnización por Comisión de Servicios o éste no quiera solicitarla, que se gestionaría de acuerdo con el apartado siguiente. Imputándose:
Capítulo 2 a la partida 226.06.05 “Gastos de Inscripción”
Capítulo 6 al subconcepto o partida presupuestaria que acabe en .99 “Otros”.
- Si el gasto de la inscripción va ligada a una Comisión de Servicio, se liquidará junto con los gastos de estancia y desplazamiento en la “Justificación de Gastos Realizados en Comisión de Servicio”, indicándose en el apartado “Otros” su cuantía, adjuntándose documento justificativo del gasto a nombre de la UJA. Imputándose:
Capítulo 2 a la partida 226.06.05 “Gastos de Inscripción”
Capítulo 6 al subconcepto o partida presupuestaria que acabe en .99 “Otros”.
En todos los casos se deberá adjuntar a la factura de la inscripción el informe de necesidad e idoneidad de contrato menor.