Plan de Pensiones de la UJA

CONTACTO

Para cualquier información/trámite dirigirse al Presidente de la Comisión del Control del Plan de Pensiones:

  • David Vega Sabariego
  • Teléfono: 683750047
  • E-mail: cppensiones [arroba] ujaen [punto] es
  • Dirección: Edificio C1 - Aula Magna • Dependencia 103

INFORMACIÓN ECONÓMICA

Para consultar el estado de su Plan de Pensiones:

PLAN DE PENSIONES DE LA UJA

DENOMINACIÓN Y NATURALEZA

El presente Plan de Pensiones, denominado PLAN DE PENSIONES DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN, define el derecho de las personas a cuyo favor se constituye, a percibir rentas o capitales por jubilación, incapacidad permanente, fallecimiento o dependencia, y las obligaciones de contribución a las mismas y las reglas de constitución y funcionamiento del patrimonio que al cumplimiento de los derechos que reconoce ha de afectarse.

Dicho Plan se rige por las presentes especificaciones, por lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre, por el Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, y por cuantas disposiciones de cualquier rango que, actualmente o en el futuro, puedan serle de aplicación.

De acuerdo con lo establecido en la Disposición final segunda del Texto Refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre, las prestaciones que reconoce este Plan no tendrán la consideración de pensiones públicas ni se computarán a efectos de limitación del señalamiento inicial o fijación de la cuantía máxima de las pensiones públicas. Por tanto, se trata de pensiones complementarias, independientes y compatibles con las establecidas por los regímenes públicos de Seguridad Social y Clases Pasivas del Estado. Artículo 2.- Entrada en vigor y duración

MODALIDAD

Este Plan de Pensiones se encuadra, en razón de los sujetos constituyentes, en la modalidad de sistema de empleo; en razón de las obligaciones estipuladas es de la modalidad de aportación definida.