Normativas

A. Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. En la disposición adicional décimo cuarta se establecen los principios generales que configuran al Defensor Universitario.

B. Estatutos de la Universidad de Jaén. Aprobados por Decreto 230/2003, de 29 de julio (B.O.J.A. nº 152, de 8 de agosto), y modificados por Decreto 235/2011, de 12 de julio (B.O.J.A. nº 147, de 28 de julio). En el Título IV se establece la naturaleza de las actuaciones propias del Defensor Universitario de la Universidad de Jaén.

C. Reglamento del Defensor Universitario. Aprobado por el Claustro Universitario, en su sesión nº 9, de 20 de abril de 2006.

D. Convenio "Universidad de Jaén - Defensor del Pueblo Andaluz". Desde la Oficina del Defensor se impulsó la firma de un Convenio entre la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz y la Universidad de Jaén. Este fue firmado el 10 de noviembre de 2006 por el Defensor del Pueblo Andaluz y el Rector de la Universidad de Jaén. El convenio regula diferentes ámbitos de colaboración: así, por ejemplo, mensualmente se transfiere información sobre actuaciones desde esta Oficina a la del Defensor del Pueblo Andaluz para coordinar la actividad de ambas instituciones.

E. "Ley de Convivencia Universitaria". El 25 de febrero de 2022 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de Convivencia Universitaria. Tal y como se recoge en su artículo 1, la presente ley tiene por objeto establecer las bases de la convivencia en el ámbito universitario, fomentando la utilización preferente de modalidades alternativas de resolución de aquellos conflictos que pudieran alterarla, o que impidan el normal desarrollo de las funciones esenciales de docencia, investigación y transferencia del conocimiento. Asimismo, la ley establece el régimen disciplinario del estudiantado universitario.

F. "Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales". La protección de las personas físicas en relación con el tratamiento de datos personales es un derecho fundamental protegido por el artículo 18.4 de la Constitución española. Internet, por otra parte, se ha convertido en una realidad omnipresente tanto en nuestra vida personal como colectiva. Una gran parte de nuestra actividad profesional, económica y privada se desarrolla en la Red y adquiere una importancia fundamental tanto para la comunicación humana como para el desarrollo de nuestra vida en sociedad.

G. "Normas de Convivencia de la Universidad de Jaén". En el Consejo de Gobierno de fecha 27 de marzo se aprobaron las Normas de Convivencia de la Universidad de Jaén atendiendo a lo dispuesto en la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria que establece un nuevo marco normativo para regular la convivencia universitaria, promoviendo una convivencia activa basada en la tolerancia, la libertad, la igualdad, el respeto a la diversidad y la resolución pacífica de los conflictos y poniendo el foco en las medidas de prevención y los procedimientos de mediación. Tomando como referencia estos principios se han elaborado estas normas de convivencia cuyo objetivo primordial es favorecer el entendimiento, la convivencia pacífica y el pleno respeto de los valores democráticos, los derechos fundamentales y las libertades públicas en el ámbito universitario.