Devolución precios públicos

EL ESTUDIANTE DE NUEVO INGRESO QUE SE MATRICULE POSTERIORMENTE EN OTRA UNIVERSIDAD O QUE PASE DE UNA TITULACION A OTRA EN LA UJA, TIENE QUE CUMPLIMENTAR EL FORMULARIO DE RENUNCIA DE MATRÍCULA Y DE OFICIO SE LE TRAMITARÁ LA DEVOLUCIÓN. NO ES NECESARIO RELLENAR EL FORMULARIO DE SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN.

La devolución de precios públicos está regulada en el art. 16 de la Normativa de matrícula en titulaciones oficiales de grado, máster y doctorado de la Universidad de Jaén (pendiente de aprobación para el curso 2025-26):

  1. El importe abonado por la matrícula sólo será devuelto cuando corresponda a ingresos erróneos o indebidos de precios públicos, o bien cuando concurran las circunstancias previstas en el apartado 4. Las devoluciones de importes abonados por tarjetas o bonos de deportes serán gestionadas y solicitadas, en su caso, por el Servicio con competencias en deportes de la UJA.
  2. La Universidad devolverá, previa solicitud del estudiantado, los precios públicos abonados en exceso, en la cuenta que indique la persona interesada en su solicitud y, en caso de no ser titular de la misma, con la autorización expresa de la persona beneficiaria.
  3. De conformidad con lo previsto en la Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en la forma establecida en la misma, prescribirá a los cuatro años el derecho del alumnado para exigir la devolución de ingresos indebidos realizados en concepto de servicios académicos o administrativos universitarios.
  4. Procederá el reintegro de los precios satisfechos, siempre que se solicite en los plazos indicados en el Anexo, en los siguientes casos:
  • Reintegro total de los precios por servicios académicos y administrativos, por obtener plaza en otra titulación universitaria oficial de grado, máster o doctorado del DUA.
  • Reintegro total de los precios por servicios académicos y administrativos, por obtener plaza en otra titulación universitaria oficial española de grado, máster o doctorado no perteneciente al DUA, conducente a la expedición de un título académico oficial con validez en todo el territorio nacional, si se solicita dentro del plazo de 72 horas después de haber formalizado la matrícula en la otra Universidad.
  • Reintegro total de los precios por servicios académicos, cuando la renuncia se produzca antes del inicio del curso académico o, en todo caso, dentro los 10 días naturales siguientes a la solicitud de matrícula.
  • El estudiantado extranjero, que haya formalizado su matrícula en los plazos oficiales, a excepción de aquellos que se encuentren en el supuesto del art. 13.2 de la Normativa de matrícula, y justifique documentalmente no haber obtenido el visado, podrá solicitar la devolución íntegra de las cantidades abonadas, si su renuncia se produce con anterioridad al inicio del curso académico, si lo hace con posterioridad y antes del plazo indicado en el Anexo de plazos, se devolverá únicamente el importe de los servicios académicos.
  • También se podrá autorizar la devolución de los precios por servicios académicos, si concurren circunstancias sobrevenidas tipificadas en el art. 13.1 c) de la Normativa de matrícula.

A tener en cuenta:

Es muy importante que, cuando cumplimentes el formulario de devolución, revises el número de cuenta que nos indicas. Debe llevar 20 dígitos y debe estar dispuesto en el siguiente orden:

Entidad-oficina-dígito de control-número de cuenta.

El titular de la cuenta tiene que ser el estudiante afectado. Si por algún motivo esto no fuera posible, para autorizar la devolución, tiene que cumplimentar obligatoriamente los datos del titular de la cuenta donde quiere que se realice el abono, es decir, NIF y nombre y apellidos.

Formulario de solicitud de devolución (Campus de Jaén)

Formulario de solicitud de devolución (Campus de Linares)