REQUISITOS
El estudiantado solicitante deberá cumplir los siguientes requisitos:
- Realizar estudios en la Escuela Politécnica Superior de Linares durante el curso 2024/25.
- Haber obtenido Beca en el Programa Atracción al Talento durante el curso académico 2024/25.
CARACTERÍSTICAS DE LAS BECAS
Se convocan las siguientes ayudas, con un importe de 2.500€ cada una:
- 10 ayudas para estudiantes de Grado de primer curso de la Escuela Politécnica Superior de Linares que hayan obtenido la beca por vez primera en el curso 2024/2025.
- 30 ayudas para estudiantes de Grado de cursos distintos de primero de la Escuela Politécnica Superior de Linares, y para estudiantes de Máster Oficial de esta misma Escuela.
Las posibles plazas vacantes en cualquiera de los grupos anteriores se acumularán al otro grupo en caso de existir personas candidatas.
Concesión de las becas
La presente convocatoria y sus resoluciones (Listados provisional y definitivo de beneficiarios) se harán públicas en el Tablón de Anuncios Electrónico de la UJA https://sede.ujaen.es/publico/tablon.
En las resoluciones que se publiquen y, debido a exigencias de la normativa de protección de datos, se indicará únicamente la puntuación total obtenida, conforme a lo establecido en el apartado 5 de esta Resolución.
La resolución provisional se publicará en los tablones de anuncios de la Universidad.
Las posibles reclamaciones a este listado se resolverán y notificarán con la publicación de la resolución definitiva.
La resolución definitiva se publicará en los mismos lugares que la anterior.
El estudiantado suplente de estas ayudas únicamente podrá ser beneficiario de las mismas en caso de que se produzcan renuncias de las personas beneficiarias.
Abono de las becas
El Servicio de Relaciones Internacionales y Cooperación procederá al pago de las ayudas establecidas en la presente convocatoria en la misma cuenta bancaria en las que se haya realizado el pago de la Beca Atracción al Talento.
Reintegro
Se procederá al reintegro de las cantidades percibidas, con los intereses de demora legalmente establecidos, si procede, en los siguientes casos:
a. Obtener la subvención sin reunir las condiciones requeridas para ello, independientemente del momento en que se detecte que la candidata o el candidato no reúne las condiciones exigidas.
b. Incumplimiento de la finalidad para la que la subvención fue concedida.
c. Incumplimiento de la obligación de justificación.
d. Incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta convocatoria.
e. Abandono de los estudios antes de finalizar el curso 2024/25 o anulación de la matrícula en dicho curso.
Las cantidades concedidas no aplicadas se reintegrarán al Presupuesto de la Universidad de Jaén.