Objetivos
Soporte dirigido a mejorar las propuestas de proyectos internacionales, coordinadas por la UJA y que hayan obtenido una puntuación mínima de un 70% de la calificación máxima o bien hayan superado el umbral mínimo para recibir financiación (Threshold), con el objetivo de volver a presentarlas en la siguiente convocatoria, o en otras análogas.
Este programa permite destinar el estímulo a alguna de las opciones siguientes (excluyentes entre sí):
- Contratación de servicios externos de consultoría para la escritura, revisión, pre-evaluación y asesoramiento de propuestas de proyectos.
- Realización de un proyecto de investigación, basado en la propuesta que se presentó, que tenga una duración de un año, y en donde se incluya, al menos, a una de las entidades socias de la propuesta original, salvo en el caso de proyectos ERC, donde no es necesario incluir a socios externos. Debe quedar suficientemente justificado que la ejecución de este proyecto redundará en una mejora de la propuesta no financiada.
Condiciones
- Las requeridas tanto en las normas generales, como en texto de la convocatoria correspondiente.
- Se establece un límite máximo del importe financiable en función del programa financiador:
- Programa Marco Europeo (propuestas coordinadas por la UJA): hasta 6.000 €
- Otros programas internacionales (coordinadas por la UJA): hasta 3.000 €
- Se establece un límite máximo del importe financiable en función del programa financiador:
El importe definitivo lo decidirá la dirección de la OFIPI en función de la documentación aportada por la persona solicitante.
- En el caso de aquellas personas solicitantes de proyectos del European Research Council que superen la primera fase, se contempla una dotación adicional para sufragar los gastos de desplazamiento para la preparación de la entrevista y que será de concesión automática, siempre y cuando el Plan disponga de fondos suficientes.
- Las solicitudes deben presentarse con un plazo no inferior a dos meses antes del cierre de la convocatoria a la que se presentará la propuesta de proyecto.
- Se excluyen los gastos de viaje para la asistencia a reuniones de preparación de consorcios o eventos y talleres de índole generalista.
- Se limita esta actuación a una solicitud por persona investigadora y año.
- Se excluyen de esta actuación de soporte aquellas propuestas destinadas a las siguientes convocatorias de proyectos:
- MSCA-Posdoctoral Fellowships (MSCA-PF)
- Acciones COST
Requisitos de las personas solicitantes
Ser la persona investigadora principal de una propuesta que se ha presentado con anterioridad en alguna convocatoria de proyectos internacional y que ha obtenido una puntuación mínima de un 70% de la calificación máxima o bien hayan superado el umbral mínimo para recibir financiación (Threshold), con el objetivo de volver a presentarlas en la siguiente convocatoria, o en otras análogas.
Ser la persona investigadora principal de la propuesta y tener vinculación permanente con la UJA o, en caso contrario, contar con el visto bueno del Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador y del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia del Conocimiento.
Formalización de solicitudes
Serán presentadas a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Jaén, adjuntando la documentación que sea requerida en la convocatoria.
- Formulario de solicitud
Criterios de valoración
Visto bueno de la dirección de la OFIPI de acuerdo a las condiciones establecidas en la convocatoria.
Obligaciones de las personas beneficiarias
- Compromiso de presentación de proyectos: Las personas beneficiarias estarán obligadas a presentar nuevamente el proyecto en las condiciones que se definan en la convocatoria.
En el caso de elección de estímulo en forma de proyecto de investigación, este plazo podrá extenderse por un año adicional.
- Cambio de convocatoria: En casos debidamente justificados y previo visto bueno de la dirección de la OFIPI, se permitirá la modificación de la convocatoria objeto del proyecto.
- Consecuencias del incumplimiento: En caso de no presentar el proyecto conforme a lo establecido, se exigirá la devolución íntegra de la ayuda concedida.
- Las requeridas tanto en las normas generales, como en texto de la convocatoria correspondiente.