Acción 1. Apoyo a las estructuras de investigación de la Universidad de Jaén para incrementar su competitividad atendiendo a sus singularidades.

1. Finalidad: Con esta Acción se pretende aumentar la calidad de la investigación en la Universidad de Jaén mediante la consideración y atención a las necesidades específicas de sus estructuras de investigación. Se trata de iniciar una línea de apoyo a la investigación basada en el trabajo por objetivos.

2. Documentación a presentar: Para el desarrollo de esta Acción, mediante concurrencia competitiva voluntaria, las estructuras de investigación presentarán una solicitud con dos partes:

  • PLAN DE ACTUACIÓN Y PRESUPUESTO. En ella se expondrán las líneas de investigación que se van a desarrollar durante el periodo de la Acción (dos años) junto con el presupuesto que las estructuras de investigación consideren necesario para realizar las distintas actividades destinadas a incrementar su productividad investigadora durante este periodo (con un máximo de 30.000€). Los gastos elegibles son los incluidos en el Anexo II y deberán reflejarse en el modelo normalizado de solicitud de la ayuda.
  • OBJETIVOS. Se incluirá un compromiso sobre los objetivos que se pretenden alcanzar a través de las necesidades financiadas. Los objetivos que se incluyan en este documento deben ser específicos, con resultados evaluables y alineados con los objetivos estratégicos de la Universidad, los criterios de financiación de las universidades andaluzas, el Plan Estatal de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación, y los niveles de calidad de las grandes Ramas del Conocimiento. En cualquier caso, los objetivos planteados deben ser medibles, de forma que se pueda valorar el grado de consecución de los mismos al finalizar el periodo de duración de la Acción. Los objetivos disponibles y la valoración relativa de los mismos, para cada gran Rama del Conocimiento, son los incluidos en el Anexo III.

3. Características: La solicitud debe ir orientada principalmente a reforzar y hacer más competitivas las líneas de investigación ya consolidadas en la Universidad de Jaén. No obstante, también se podrá orientar al desarrollo inicial de una línea de investigación, de forma que se facilite la obtención de resultados previos antes de solicitar un proyecto de investigación en convocatorias competitivas. El grado de consecución de las metas y objetivos propuestos será un indicador a tener en cuenta para la obtención de ayudas en las siguientes convocatorias de esta Acción (ver Anexo IV).

4. Evaluación: La evaluación estará constituida por dos componentes, uno externo y otro interno. La evaluación externa de la actividad investigadora de las estructuras de investigación representará en la puntuación final un 70% (máximo 70 puntos) y la evaluación de la solicitud por parte de la Comisión de Investigación un 30% (máximo 30 puntos). El equilibrio de género en el grupo o equipo (porcentaje hombres/mujeres entre el 40/60% y el 60/40%) añadirá un punto a la evaluación final. En cuanto a la evaluación externa de la actividad investigadora, de forma general, se tomará el resultado de la evaluación realizada por la Dirección de Evaluación y Acreditación de la Agencia Andaluza del Conocimiento (DEVA) a las estructuras de investigación con motivo de la puesta en marcha del Plan de Apoyo a la Investigación 2017-2019. No obstante, los grupos o equipos que no participaron en dicha convocatoria, las estructuras que deseen modificarse para el presente Plan, o los grupos o equipos que deseen ser reevaluados en su actividad investigadora, podrán solicitarlo en la Resolución de Reconocimiento y Evaluación de Estructuras de Investigación que se publicará con posterioridad a la aprobación de este Plan de Apoyo a la Investigación 2019-2020. En esta evaluación la DEVA tendrá en cuenta, entre otros criterios, la coherencia y trayectoria del grupo-equipo, así como las particularidades de algunas de las Ramas de Conocimiento respecto a la co-autoría de sus trabajos.

En cuanto al componente interno de la evaluación, la Comisión de Investigación evaluará las dos partes de la solicitud. En primer lugar, se evaluará el plan de actuación y presupuesto, teniéndose en cuenta la viabilidad y coherencia de la propuesta (adecuación de las actividades a desarrollar en función del personal del grupo y el grado de coherencia de las mismas en relación con la trayectoria previa de sus integrantes) y la adecuación y justificación del presupuesto solicitado. Aunque este aspecto no contribuirá numéricamente a la evaluación, la Comisión de Investigación podrá solicitar la revisión de la solicitud cuando se detecte una falta de coherencia entre el presupuesto y los gastos elegidos respecto a las actividades y objetivos propuestos. En la evaluación de la adecuación del presupuesto, la Comisión de Investigación podrá consultar los gastos ejecutados y la temporalización de los mismos realizada por las estructuras de investigación en la anterior convocatoria de esta Acción. En segundo lugar, se evaluará la relevancia de los objetivos propuestos por el grupo-equipo o personal investigador a título individual, que contribuirá con un máximo de 30 puntos a la valoración de la solicitud. La valoración de la puntuación en este apartado para cada estructura de investigación se calculará una vez recibidas las solicitudes en el Servicio de Gestión de la Investigación. Para obtener la puntuación máxima de 30 puntos, el valor necesario de objetivos se ha establecido en la media aritmética más una desviación típica del valor de los objetivos propuestos por todas las estructuras de investigación que accedan a financiación (media aritmética de los puntos solicitados más 1 desviación típica). Cuando la puntuación sea inferior a esa cantidad, se calculará la puntuación proporcional correspondiente (puntos de los objetivos seleccionados x30/(media + 1 DT)).

Para las estructuras de investigación que participaron en la anterior convocatoria de la Acción 1, y que se mantengan sin cambios en la presente edición, se calculará el grado de consecución en los objetivos propuestos, en términos de porcentaje sobre la suma de puntos recogida en la propuesta anterior. Este porcentaje se calculará teniendo en cuenta el valor de los objetivos cumplidos en relación con los objetivos propuestos. La puntuación total de la evaluación (suma de la evaluación de la actividad investigadora y de los objetivos propuestos) será ponderada al alza por el grado de cumplimento en la consecución de los objetivos según los porcentajes establecidos en el Plan de Apoyo a la Investigación 2017-2019. Se adjunta una tabla descriptiva sobre el procedimiento de la evaluación. Una vez concluido el periodo de la ejecución de la ayuda, los grupos, equipos y los beneficiarios a título individual deberán remitir al Vicerrectorado de Investigación la justificación económica junto con una Memoria Final de Resultados del Plan de Actuación en la que consten y se acrediten documentalmente los logros y objetivos conseguidos.

Evaluación Externa (1)

Solicitud, Objetivos propuestos (2)

% cumplimento (3)

70

30

+ 10%-30%

(1) Evaluación externa de la actividad científica del grupo-equipo

(2) Relevancia relativa de los objetivos propuestos (Anexo III)

(3) Ponderación al alza (desde un 10 a un 30%) del total alcanzado en función del porcentaje de cumplimiento de los objetivos propuestos (Anexo IV del Plan de Apoyo a la Investigación 2017-2019)

Las estructuras de investigación que se modifiquen para este Plan de Apoyo a la Investigación 2019-2020 no podrán beneficiarse de la ponderación al alza por el porcentaje de cumplimiento de objetivos, y no recibirán el ingreso inicial a cuenta (ver seguidamente) a la puesta en marcha de este Plan. No obstante, se establecen las siguientes excepciones:

  1. Los grupos o equipos que incorporen a nuevos miembros.

(2) Los grupos o equipos en los que se produzcan bajas de miembros, cuando la contribución de los miembros salientes a la producción científica evaluada a la puesta en marcha del Plan de Apoyo a la Investigación 2017-2019 no supere el 20% de los méritos evaluados.

(3) Los grupos y/o equipos que se unan. En este caso se aplicará la ponderación por cumplimiento del grupo o equipo con porcentaje más alto.

(4) El transvase de equipo a grupo PAIDI o viceversa cuando los miembros doctores sean los mismos.

Los grupos o equipos de investigación modificados que cumplan estas condiciones podrán beneficiarse de la ponderación al alza por cumplimiento de objetivos y del ingreso a cuenta a la puesta en marcha del Plan de Apoyo a la Investigación 2019-2020.

5. Cuantía: El presupuesto total se distribuirá entre el número total de beneficiarios. El Vicerrectorado de Investigación ingresará el importe concedido en dos anualidades de igual importe. Para la obtención de financiación en esta Acción el grupo de investigación tendrá que alcanzar al menos un 38% de la puntuación máxima posible en la evaluación externa de la producción científica (26,6 puntos sobre 70). El presupuesto anual disponible para esta Acción (Anexo I) se repartirá entre los grupos, equipos y personal investigador a título individual de forma linealmente proporcional a la puntuación total alcanzada después de la ponderación por el grado de cumplimiento en los objetivos propuestos. La asignación de las ayudas se realizará por la Comisión de Investigación a partir del cálculo de un porcentaje de financiación respecto al del presupuesto solicitado proporcional a la puntuación obtenida. La evaluación de las solicitudes individuales para esta Acción se regirá por los mismos criterios utilizados para la evaluación de los grupos-equipos. La dotación económica máxima de las ayudas individuales no podrá superar por beneficiario la ayuda recibida por el grupo mejor evaluado dividida por el número de sus integrantes. En el caso de que se produzcan desajustes entre las cantidades presupuestadas y el montante solicitado por los beneficiarios, la Comisión de Investigación podrá ajustar y redistribuir las cantidades, manteniendo el criterio de distribución anterior.

Para las estructuras de investigación que participaron en la anterior convocatoria de la Acción 1 (Plan de Apoyo a la Investigación 2017-2019) y que se mantengan sin cambios en la presente edición, o que en caso de modificación cumplan algunas de las cuatro excepciones mencionadas anteriormente, y con el objetivo de dar continuidad a la actividad investigadora y evitar disrupciones en la misma, el Vicerrectorado de Investigación procederá en enero de 2019 a ingresar a estas estructuras el 30% de la cantidad total asignada durante el anterior periodo bienal de la Acción 1.

6. Duración: La ejecución de las actividades realizadas en esta Acción se establece en un período máximo improrrogable de dos años. Los gastos de ejecución se ajustarán a los incorporados en el Plan de Actuación de conformidad con lo establecido en el punto 2a (Anexo II. Gastos Elegibles). La ayuda económica obtenida podrá emplearse en parte o en su totalidad en la contratación de personal laboral contratado temporal asociado al grupo. El proceso de selección de este personal se realizará de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Colaboradores con Cargo a Créditos de Investigación de la Universidad de Jaén o normativa vigente de la Universidad de Jaén en el momento del proceso de selección. En el caso de que durante el periodo de ejecución de esta Acción surgieran necesidades justificadas que no fueron previstas en el documento inicial del Plan, el investigador principal podrá realizar trasvases entre los conceptos de gasto elegibles inicialmente previstos, sin necesidad de autorización previa del Vicerrectorado. La modificación realizada será motivada en la Memoria Final de Resultados.

7. Incompatibilidades: El personal investigador sólo podrá participar como miembro de un grupo PAIDI, como miembro de un equipo de investigación, o a título individual, siendo incompatible la concurrencia a la Acción por más de una modalidad.

8. Convocatoria: La convocatoria de esta Acción se realizará en las semanas posteriores a la aprobación de este Plan de Apoyo a la Investigación 2019-2020 y será de carácter bienal.

9. Resolución: Los incentivos serán resueltos por el Vicerrectorado de Investigación, previa evaluación por parte de la Comisión de Investigación.

Convocatoria Acción 1

Resolución de Ampliación Plazo de Ejecución

Resolución de 9 de julio de 2020, del Vicerrector de Investigación de la Universidad de Jaén, por la que se amplia el plazo de ejecución de la Acción 1 "Apoyo a los Grupos y Equipos de Investigación de la Universidad de Jaén para incrementar su competitividad atendiendo a sus singularidades" con cargo al Plan de Apoyo a la Investigación (2019-2020)

Resolución Definitiva de Adjudicación

Resolución de 30 de enero de 2020, del Vicerrectorado de Investigación de la Universidad de Jaén, por la que se hace pública la Resolución Definitiva de Estructuras de Investigación beneficiarias de las ayudas de la Acción 1 "Apoyo a los Grupos y Equipos de investigación de la Universidad de Jaén para incrementar su competitividad atendiendo a sus singularidades" con cargo al Plan de Apoyo a la Investigación (2019-2020)

Resolución Provisional de Adjudicación

Resolución de 30 de octubre de 2019, del Vicerrectorado de Investigación de la Universidad de Jaén, por la que se corrección de errores de la Resolución Provisional de estructuras beneficiarias de las ayudas de la Acción 1 "Apoyo a los Grupos y Equipos de investigación de la Universidad de Jaén para incrementar su competitividad atendiendo a sus singularidades" con cargo al Plan de Apoyo a la Investigación (2019-2020)

Nota informativa de la Comisión de Investigación: Procedimiento establecido para el reparto de ayudas en la Acción 1 del Plan de Apoyo a la Investigación 2019-2020.

Resolución de 21 de octubre de 2019, del Vicerrectorado de Investigación de la Universidad de Jaén, por la que se hace pública la Resolución Provisional de estructuras beneficiarias de las ayudas de la Acción 1 "Apoyo a los Grupos y Equipos de Investigación de la Universidad de Jaén para incrementar su competitividad atendiendo a sus singularidades" con cargo al Plan de Apoyo a la Investigación (2019-2020).

Resolución Definitiva de Admitidos y Excluidos

Resolución de 2 de septiembre de 2019, del Vicerrectorado de Investigación de la Universidad de Jaén, por la que se hace público el Listado definitivo de solicitudes admitidas y excluidas para la concesión de ayudas de la Acción 1 para el "Apoyo a los Grupos y Equipos de investigación de la Universidad de Jaén, para incrementar su competitividad atendiendo a sus singularidades" Plan de Apoyo a la Investigación 2019-2020.

Resolución Provisional de Admitidos y Excluidos

Resolución de 22 de mayo de 2019 del Vicerrectorado de Investigación de la Universidad de Jaén, por la que se hace público el Listado provisional de solicitudes admitidas y excluidas para la concesión de ayudas de la Acción 1 para el "Apoyo a los Grupos y Equipos de investigación de la Universidad de Jaén, para incrementar su competitividad atendiendo a sus singularidades" Plan de Apoyo a la Investigación 2019-2020

Bases Reguladoras y Convocatoria

Resolución de 12 de abril de 2019 del Vicerrectorado de Investigación de la Universidad de Jaén, por la que se publican las bases reguladoras y la convocatoria de la Acción 1 "Apoyo a los grupos y equipos de investigación de la Universidad de Jaén para incrementar su competitividad atendiendo a sus singularidades" Plan de Apoyo a la Investigación 2019-2020

Anticipo de financiación correspondiente a la Ayuda de la Acción 1

Resolución de 23 de abril de 2019, del Vicerrectorado de Investigación de la Universidad de Jaén, por la que se publica corrección de errores de la Resolución de 12 de abril de 2019 por la que se concede anticipo de financiación de la Acción 1. Apoyo a las Estructuras de Investigación de la Universidad de Jaén para incrementar su competitividad atendiendo a sus singularidades

Resolución de 12 de abril de 2019, del Vicerrectorado de Investigación de la Universidad de Jaén, por la que se concede anticipo de financiación correspondiente a la Ayuda de la Acción 1. Apoyo a las Estructuras de Investigación de la Universidad de Jaén para incrementar su competitividad atendiendo a sus singularidades